Denominación

UC1026_3: Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social.

Código

UC1026_3

Descripción

UC1026_3: Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social.

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Identificar las diferencias, los aspectos que obstaculizan y los que facilitan la participación de mujeres y hombres en relación a la intervención que se va a llevar a cabo, analizando el marco de referencia en materia de igualdad para posibilitar la adopción de una perspectiva de género.

CR1.1 El marco de referencia (normativa aplicable, entidades u organismos y políticas de
igualdad de oportunidades de género, entre otros) se analiza, fundamentando los aspectos que facilitan y dificultan la participación de mujeres y hombres en el proyecto o entorno concreto de la intervención profesional.

CR1.2 Los aspectos sobre los factores diferenciales para hombres y mujeres en relación al tema y ámbito de intervención se recogen, teniendo en cuenta el porcentaje de mujeres y hombres que participan, las diferencias de participación en los espacios de decisión así como en la organización, uso de los tiempos, espacios y los roles desempeñados, entre otros.

CR1.3 Las situaciones existentes de discriminación directa o indirecta hacia las mujeres y los hombres, así como los obstáculos y las limitaciones existentes para la participación igualitaria de mujeres y hombres se detectan a través de la información recopilada.

CR1.4 Las aportaciones, modificaciones, y/o adaptaciones al proyecto en pro de la igualdad de oportunidades de género se recogen por escrito en un documento.

CR1.5 La información obtenida se analiza permitiendo la formulación y diferenciación de las
necesidades prácticas e intereses estratégicos.

RP2: Prever, en caso necesario, las acciones de formación, orientación y
asesoramiento específicos en igualdad de oportunidades de género, analizando las necesidades detectadas entre las personas implicadas en la intervención comunitaria para potenciar su participación en las mismas.

CR2.1 Las necesidades de formación se detectan partiendo del análisis de la información
recogida de profesionales, agentes expertos/as en igualdad de género y personas usuarias.

CR2.2 La prospección de actuaciones formativas en igualdad de oportunidades y
“mainstreaming” de género se realiza en función de las necesidades detectadas en la formación de los/las profesionales del ámbito de intervención, voluntariado y personas usuarias.

CR2.3 La información de las actuaciones formativas vigentes a las personas implicadas en la programación e intervención se realiza, facilitando y potenciando su participación.

CR2.4 La detección de las personas expertas en igualdad de oportunidades y “mainstreaming” de género se realiza dentro del ámbito de sus competencias y coordinándose con la persona, agente de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, del ámbito de intervención.

CR2.5 Las distintas vías de comunicación entre los/las agentes de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y las personas implicadas en la intervención (profesionales, voluntariado y personas usuarias) se establecen y mantienen facilitando la formación, asesoramiento y orientación especializada.

CR2.6 El asesoramiento en materia de género se articula como un recurso permanente.

RP3: Desarrollar las actividades de intervención comunitaria favoreciendo la
participación mixta de hombres y mujeres para incorporar aquellos elementos que contribuyan al avance hacia la igualdad entre ambos.

CR3.1 Las actividades de intervención se organizan contando con la participación mixta de
hombres y mujeres.

CR3.2 El lenguaje que describe y presenta el proyecto y sus contenidos se utiliza sin carácter sexista y visibilizando a las mujeres, sin reproducción de roles ni estereotipos discriminatorios en función de género.

CR3.3 Las actividades se establecen respondiendo a objetivos específicos que, en al menos
uno, siempre que sea necesario, se plantee el empoderamiento de las mujeres, la ruptura de estereotipos, el incremento del porcentaje de representación de mujeres en la toma de
decisiones y/o el incremento del porcentaje de participación de los hombres en responsabilidades de cuidados para la vida, entre otros.

CR3.4 La distribución de espacios se realiza promoviendo un uso equitativo de los mismos por parte de mujeres y hombres.

CR3.5 Los recursos materiales y técnicos se prevén de acuerdo con los objetivos de igualdad entre mujeres y hombres planteados.

CR3.6 La distribución de tiempos y recursos se prevén teniendo en cuenta los tiempos de
atención y cuidados y los tiempos de participación comunitaria para favorecer la participación de personas con cargas domésticas y de cuidados.

RP4: Desarrollar las actuaciones e intervenciones comunitarias diseñadas utilizando diversos recursos organizativos y funcionales para contribuir al avance hacia la igualdad entre mujeres y hombres.

CR4.1 El lenguaje empleado en las actuaciones del proyecto se utiliza de manera no sexista y visibilizando a las mujeres.

CR4.2 Las actuaciones de los/las profesionales se desarrollan sin la reproducción de roles y
estereotipos sexistas, haciendo que mujeres y hombres, cualquiera que sea su edad y nivel de participación, participen por igual, en las acciones que les estén destinadas.

CR4.3 Las actuaciones del proyecto se llevan a cabo empleando criterios de paridad en la toma de decisiones y en el reparto de responsabilidades, para crear condiciones de igualdad entre mujeres y hombres.

RP5: Utilizar los soportes de información y difusión del proyecto comunitario (publicidad, sensibilización, transferencia, documentación, entre otros) para avanzar hacia la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, haciendo visible positivamente la presencia de las mujeres y los hombres en los mismos.

CR5.1 Los soportes de difusión (la publicidad, la sensibilización o la transferencia, entre otros) se seleccionan contribuyendo a potenciar la igualdad entre mujeres y hombres, poniendo especial atención en la utilización de un lenguaje no sexista y en la elección de imágenes que no evoquen situaciones que reproduzcan estereotipos sexistas.

CR5.2 Los materiales y acciones de información y difusión dentro del proyecto se utilizan
dando a conocer la responsabilidad de todas las partes implicadas (administración pública,
entidad y/o equipo de trabajo) en el avance hacia la igualdad de oportunidades.

CR5.3 Los estereotipos relativos al género se identifican utilizándose en el desarrollo de las
actuaciones, recursos que cambien la concepción de tareas y áreas asociadas a un sexo en
concreto.

CR5.4 La información recabada sobre las desigualdades identificadas en el marco del proyecto se transmite favoreciendo el conocimiento de las situaciones de posible discriminación y su erradicación.

CR5.5 Las acciones de comunicación y difusión del proyecto se implementan teniendo en
cuenta las características de mujeres y hombres a quienes van destinadas.

CR5.6 La imagen en el ámbito de trabajo se proyecta reproduciendo la igualdad de género y eliminando las desigualdades entre mujeres y hombres en carteles, calendarios, uso equitativo de espacios, reproducción de roles sexistas u otros.

RP6: Establecer canales de comunicación para garantizar la transversalidad, la coherencia y la perspectiva integral en las acciones comunitarias dirigidas a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en coordinación con otros/as profesionales.

CR6.1 Los canales de comunicación y coordinación interprofesional se establecen siguiendo el principio de cooperación en el logro de los objetivos.

CR6.2 Las líneas y objetivos comunes de intervención entre los/las profesionales se establecen, facilitando la eficiencia del proceso de intervención.

CR6.3 Las características sobre métodos, técnicas y recursos empleados en las actuaciones
para la igualdad de oportunidades de género se intercambian entre los/las profesionales,
mejorando la calidad en la intervención profesional.

CR6.4 Las condiciones de la coordinación profesional (como el tiempo de las reuniones, el
espacio y la organización, entre otros) se valoran, proponiendo medidas de mejora para
garantizar la participación de las personas implicadas y la eficacia de los encuentros o contactos.

RP7: Realizar el seguimiento de los logros obtenidos a favor de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, identificando los aspectos susceptibles de mejora para proponer alternativas de mejora del proceso.

CR7.1 El proceso de seguimiento de las actuaciones se efectúa valorando si se cumplen, y
hasta qué grado, los objetivos establecidos en el mismo.

CR7.2 Los horarios de las actividades se valoran, y adaptan en la medida de lo posible a los
horarios de los servicios públicos destinados a los cuidados para la vida, potenciando la puesta en marcha de servicios complementarios que cumplan estas funciones.

CR7.3 El informe de seguimiento de las actuaciones se elabora incluyendo la identificación de costos presupuestarios y recursos orientados al objetivo de la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

CR7.4 El seguimiento de las actuaciones se realiza por las personas implicadas en coordinación con las personas expertas en igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o agentes de igualdad del entorno de intervención para la evaluación del proyecto.

CR7.5 El documento de seguimiento de actuaciones se elabora recogiendo conclusiones y
propuestas de mejora que contribuyan a la evaluación del proyecto.

Contenido profesional

Medios de producción

Material de recogida de información (cuestionarios, las escalas de observación, los protocolos de registro o los cuestionarios, entre otros). Material de comunicación de la información. Instrumentos para la organización de los recursos. Materiales para el tratamiento o procesamiento de la información. Material de archivo y de actualización de la información. Procedimientos de comunicación y difusión. Medios de comunicación e información (publicaciones, Internet, televisión, radio, centros, entidades, programas y servicios, entre otros). Planes de intervención de las entidades o empresas de intervención.
Recursos de asesoría, orientación y formación en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Productos y resultados

Actuaciones en el ámbito de intervención para favorecer el impulso de la igualdad de oportunidades. Proyectos de animación comunitaria con perspectiva de género. Intervenciones profesionales no sexistas ni discriminatorias, que se fundamenten en la igualdad de género. Participación en condiciones de igualdad de mujeres y hombres. Difusión del impulso de igualdad de oportunidades. Seguimiento de actuaciones desde un planteamiento de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Información utilizada o generada

Informes especializados en la igualdad de género. Intervenciones y actuaciones de dinamización con perspectiva de género. Bibliografía específica. Normativa aplicable en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Recursos informativos y formativos disponibles en la red (Internet). Informes de la evolución de la intervención.

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