UC2310_2: Producir bovinos de recría y de cebo para la obtención de carne

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Denominación

UC2310_2: Producir bovinos de recría y de cebo para la obtención de carne

Código

Descripción

UNIDAD DE COMPETENCIA 2 (UC2): Producir bovinos de recría y de cebo para la obtención de carne

Capacidades y criterios de evaluación

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Adaptar los bovinos de recría y cebo durante el postdestete, identificándolos y controlando su salud para asegurar buenos índices productivos, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
  • CR1.1: Los bovinos destinados a la recría y cebo procedentes de otra explotación se controlan, comprobando su documentación y el cumplimiento de las garantías sanitarias y de bienestar animal, durante su traslado.
  • CR1.2: El estado sanitario de los bovinos destinados a la recría y cebo se revisa a su llegada la explotación, en colaboración con el veterinario, evitando la introducción de enfermedades y facilitando su adaptación.
  • CR1.3: Los bovinos de recría y cebo se identifican con el sistema establecido en la explotación como marcas, señales, crotales, tatuajes, entre otros.
  • CR1.4: Los bovinos se agrupan en lotes (atendiendo a criterios de sexo, tamaño y disponibilidad de espacios, entre otros), asegurando las necesidades mínimas de superficie por individuo establecidas en la normativa aplicable de bienestar animal.
  • CR1.5: Los parámetros ambientales de las naves, los sistemas de distribución de alimento y el suministro de agua se controlan, manteniéndolos dentro de los estándares de calidad establecidos.
  • CR1.6: Los bovinos enfermos se detectan, mediante la identificación de signos, síntomas y/o alteración de parámetros preestablecidos comunicando las incidencias al personal responsable.
  • CR1.7: Los animales enfermos se someten a tratamientos sanitarios o sacrifican, siguiendo protocolos establecidos por el veterinario.
RP2: Efectuar las operaciones de castración y/o descepado de los animales bovinos con la técnica requerida en la producción de bovinos de recría y de cebo para optimizar la productividad, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
  • CR2.1: El material para llevar a cabo las operaciones de castración o descepado se prepara, cumpliendo las condiciones higiénicas establecidas.
  • CR2.2: Los animales bovinos que van a ser sometidos a las operaciones de castración o descepado se inmovilizan con la técnica indicada, evitando daños al animal y riesgos al personal.
  • CR2.3: La operación de descepado se lleva a cabo con la técnica indicada, el material requerido y cumpliendo criterios higiénico?sanitarios, en colaboración con el personal responsable.
  • CR2.4: La operación de castración se realiza en colaboración con el veterinario, aportando el material necesario y siguiendo sus instrucciones.
RP3: Manejar los terneros de recría y cebo, para controlar su salud, asegurar buenos índices productivos y mantener la trazabilidad, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
  • CR3.1: El estado sanitario de los terneros de cebo se revisa a su entrada en esta fase del ciclo productivo, evitando la introducción de enfermedades y facilitando su adaptación.
  • CR3.2: Los terneros se identifican, con el sistema de registro establecido para mantener su trazabilidad en todo momento.
  • CR3.3: Los terneros se agrupan en lotes homogéneos (atendiendo a criterios de sexo, edad, peso, tamaño y disponibilidad de espacio, entre otros), asegurando las necesidades mínimas de superficie por animal.
  • CR3.4: Los parámetros ambientales de las naves, de los sistemas de distribución de alimento y suministro de agua se controlan, optimizando el bienestar y producción de los animales de acuerdo con los protocolos establecidos.
  • CR3.5: Las naves de alimentación de bovinos de recría y cebo se controlan, mediante los parámetros ambientales, los sistemas de distribución de alimento y suministro de agua, optimizando el bienestar y producción de los animales de acuerdo con los protocolos establecidos.
  • CR3.6: Los animales enfermos se detectan, mediante la identificación de signos, síntomas o alteración de parámetros preestablecidos.
  • CR3.7: Los terneros de cebo enfermos se cuidan o sacrifican, siguiendo protocolos establecidos por el veterinario.
RP4: Conservar materias primas y alimentos para la preparación y distribución de las raciones alimenticias en función de las necesidades de los terneros de cebo, con los medios y técnicas indicados, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
  • CR4.1: Las materias primas y alimentos de los terneros de cebo se almacenan, conservándolas en las condiciones específicas requeridas y registrando los datos establecidos para mantener su trazabilidad.
  • CR4.2: Las materias primas requeridas para la elaboración de las diferentes raciones se acopian en cantidad suficiente y del modo requerido.
  • CR4.3: La administración de raciones alimenticias de transición se controla, siguiendo los protocolos establecidos.
  • CR4.4: Las necesidades de raciones en bovinos de cebo se determinan, atendiendo al estado productivo.
  • CR4.5: Las raciones se elaboran de acuerdo con las fórmulas establecidas para cada animal en función de su estado sanitario y/o productivo.
  • CR4.6: Las raciones alimenticias elaboradas de los terneros de cebo se distribuyen en los horarios prefijados y en los comederos, tolvas y/o lugares destinados a tal fin, siguiendo protocolos y tomando las medidas oportunas para maximizar y asegurar el consumo homogéneo en todos los individuos de cada lote.
  • CR4.7: La maquinaria requerida para preparar y conservar los alimentos se maneja, siguiendo criterios de limpieza e higiene, manteniéndola en estado de uso.
  • CR4.8: El consumo de agua y de alimentos de los animales se controla, detectando individuos enfermos o que no comen, registrando las incidencias o comunicándolas al personal responsable de su corrección.
  • CR4.9: Los animales con alteraciones del crecimiento se identifican, separándolos del resto para su cuidado o sacrificio por el personal responsable.
RP5: Controlar la sanidad de la granja de recría y cebo, mediante la medicina preventiva y curativa para optimar la producción, en colaboración con el veterinario, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
  • CR5.1: El estado sanitario de los bovinos de recría y cebo se vigila, detectando alteraciones de salud, anomalías físicas y/o funcionales, mediante la identificación de determinados signos, síntomas y alteración de parámetros preestablecidos, informando de las incidencias al personal responsable.
  • CR5.2: Las acciones preventivas (vacunaciones, desparasitaciones y desinsectaciones, entre otras) se aplican, a los animales de recría y cebo, según el calendario preestablecido, siguiendo las instrucciones del personal responsable.
  • CR5.3: Los bovinos enfermos se someten a cuidados específicos, en colaboración con el veterinario.
  • CR5.4: Los fármacos en los animales de recría y cebo se administran por las vías prescritas, siguiendo las instrucciones del veterinario y teniendo en cuenta las indicaciones terapéuticas y el periodo de supresión de estos productos antes del sacrificio.
  • CR5.5: Los animales inviables se sacrifican, mediante el sacrificio de urgencia o emergencia, siguiendo la normativa de bienestar animal.
  • CR5.6: Los tratamientos aplicados en los bovinos de recría y cebo enfermos se registran en los soportes establecidos.
  • CR5.7: Los medicamentos se almacenan, cumpliendo las condiciones de conservación establecidas.
  • CR5.8: La documentación sanitaria (recetas, albaranes, facturas y registros de aplicación y tiempo de espera de medicamentos, entre otros) se archivan, según la normativa de medicamento veterinario.

Contenido

Contexto profesional

Medios de producción

Comederos y bebederos. Material de manejo de animales, lonas, tajaderas, separadores. Sistema de ventilación. Piensos, forrajes, silos de pienso, repartidores automáticos de pienso y forrajes, almacenes de pienso y forrajes. Aditivos para piensos. Animales de diferentes edades. Alojamientos para bovino de engorde. Equipos y materiales de identificación y marcaje. Cercas permanentes y móviles, mangas, equipos de pesaje, cepos de inmovilización, muelles de carga, vehículos de transporte y remolques. Descornadores, cauterizadores, anillos de goma y máquinas de aplicación. Medicamentos, materiales de aplicación de medicamentos ya inyectables, en pienso o en agua, neveras y material de conservación de medicamentos. Material de recogida de muestras biológicas. Aplicaciones informáticas de gestión explotaciones de engorde de bovinos. Equipos de protección personal.

Productos y resultados

Terneros destetados, identificados y sanos, preparados para su cebo. Terneros castrados y descepados en condiciones sanitarias óptimas. Terneros con buenos índices productivos e identificados. Materias primas y alimentos preparados y distribuidos. Explotación ganadera con estado sanitario controlado.

Información utilizada o generada

Fichas técnicas de funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Registros para los períodos de transición, recría y cebo. Obtención de índices e informes de objetivos relacionados con la transición, recría y cebo. Programa sanitario, tipos de medicamentos, administración, manejo y almacenaje de estos. Registros de tiempos de espera antes del sacrificio. Fichas técnicas sobre necesidades nutritivas en bovinos dependiendo de su momento productivo. Protocolos internos de actuación en la explotación. Partes, estadillos y registros de producción. Gráficos de control de producción. Normativa reguladora de la actividad.

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