Examen oficial del Curso de Instalador de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE)

1. Solicitud de Examen

Podrán solicitar la certificación de CONAIF-SEDIGAS CERTIFICACIÓN S.L. aquellos técnicos que hayan de efectuar las actuaciones descritas en el apartado 1.

Los aspirantes deberán ser:

  • mayores de edad,
  • de nacionalidad española o de algún estado de la Unión Europea, o en caso contrario disponer de Permiso de residencia en España (en vigor).
  • Saber leer y escribir en castellano ya que los exámenes se efectuarán en ese idioma.

Puede darse el caso de que el aspirante presente una discapacidad que le impida acceder a los centros de examen o realizar las pruebas necesarias para acceder a la certificación requerida. En estos casos, el aspirante deberá de demostrar por escrito que su discapacidad le permite desarrollar la actividad para la que se obtiene la certificación. En caso de que pueda realizar la actividad, Conaif-Sedigas certificación resolverá los problemas de accesibilidad que impidan a esa persona realizar las pruebas requeridas.

Los aspirantes deberán justificar mediante presentación de documentos acreditativos que cumplen los siguientes requisitos:

Haber recibido un curso teórico y práctico de conocimientos básicos y otro sobre conocimientos específicos en instalaciones térmicas de edificios, impartido por una entidad reconocida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con el contenido indicados en los apartados 3.1 y 3.2 del apéndice 3 del RITE, desarrollados en el Anexo 2 del PG-INST- 02 donde se listan las Especificaciones Técnicas, Reales Decretos y normativa que le afecten.” la validez de estos cursos se limita a los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

La solicitud de certificación deberá dirigirse a:

  • Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS CERTIFICACIÓN S.L.
  • C/ Antracita, 7 – 2a planta
  • Tel. 91 539 73 62
  • Fax 91 527 49 60
  • e-mail: [email protected]

Aportando los siguientes datos; se permite de forma electrónica:

  • 1 fotografías en color tamaño DNI.
  • Nombre y apellidos.
  • Edad.
  • Fotocopia DNI o pasaporte y certificado de residencia en vigor en su caso.
  • Tipo de certificación solicitada.
  • Nivel de formación o experiencia aportando los certificados necesarios.
  • Centro seleccionado para el examen.
  • Datos de la Empresa para la que trabaja (caso de ser autónomo o no trabajar en una Empresa se aportarán los datos personales):
  • Nombre:
  • Dirección:
  • NIF:
  • Tel.:
  • Fax:
  • E-mail:
  • E-mail personal:

El candidato interesado efectuará la solicitud de certificación cumplimentando para ello el modelo oficial de solicitud de certificación (Anexo 3: Formato FPG-INST-01-3) y adjuntando la documentación requerida en el mismo.

2. Realización de exámenes

Al inicio de todos los exámenes (teóricos y prácticos) el solicitante deberá mostrar al examinador un documento acreditativo de su identidad (DNI, carnet de conducir, o pasaporte y certificado de residencia, etc.)

El solicitante debe ser capaz de interpretar y entender por sí mismo las preguntas y respuestas del test teórico y de los formatos que se le entreguen en el examen práctico para rellenar o leer, así como de entender o comprender de manera clara las instrucciones verbales o preguntas que se le vayan dirigiendo en la parte del examen práctico

3. Programa del proceso de certificación

El programa de certificación constará de las siguientes partes, cuya duración no excederá de una jornada:

  1. a) Examen teórico;
  2. b) Examen práctico.

3.1 Examen teórico (test)

Se deberá realizar un control para asegurar que se dispone del nivel de conocimientos teóricos necesario para realizar las actividades relacionadas en 5.5.6.1.

Para ello, se someterá a los solicitantes a un test constituido por un conjunto de preguntas que versen sobre temas relativos a los contenidos necesarios para los instaladores de RITE indicados en el “Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios y sus instrucciones Técnicas Complementarias (Real Decreto 1027/2007)” y las Especificaciones Técnicas que desarrollan los Contenidos indicados en el Apéndice 2 y 3 del RITE, Reales Decretos y normativa que le afectan. (Consultar el Anexo 2 del PG-INST-02).

Durante la realización de los exámenes teóricos los aspirantes podrán tener a su disposición como material de consulta la documentación relativa a REGLAMENTACIÓN y TECNOLOGÍA indicada en el Anexo 2 del PG-INST-02

Cada pregunta dispondrá de cuatro respuestas siendo sólo una de ellas la correcta.

El valor de las respuestas del test será el siguiente:

RESPUESTAVALOR
CORRECTA+1 puntos
INCORRECTA0,25 puntos
EN BLANCO0 puntos

 

Para la superación del examen se exigirá una nota mínima de 7,25 puntos.

El número máximo de convocatorias permitido en el test será de tres, abonando para cada una de ellas el importe especificado. El tiempo máximo entre dos convocatorias será de 1 año. Para optar a las nuevas convocatorias después de haberse agotado la tercera y última convocatoria deberá reiniciarse todo el proceso de certificación completo y satisfacerse el importe íntegro de la tarifa de certificación y teniendo en cuenta el condicionante de que la validez del curso de formación se limita a los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

En el caso de la certificación RITE durante la realización de los exámenes teóricos los aspirantes podrán tener a su disposición como material de consulta la documentación relativa a REGLAMENTACIÓN (Normativa) de este procedimiento así como en el apartado de TECNOLOGÍA (Libro de calefacción y ACS).

En la siguiente tabla se muestra la composición y duración para la certificación en el caso de instaladores habilitados de RITE.

CATEGORÍA

EXAMEN TEÓRICO CERTIFICACIÓN

TIEMPO MÁXIMO

RITE

38 Preguntas de Normativa

(REGLAMENTACIÓN)

+

12 Preguntas de Tecnología (Un libro calefacción y ACS)

 

100 minutos

+

50 minutos

150 minutos

 

La nota obtenida para cada uno de los temas será la siguiente:

3.2 Examen práctico

El examen práctico se compone de dos módulos, que se deberán aprobar por separado:

Módulo I: Habilidades manuales prácticas consistente en la determinación de la pericia o habilidad profesional en el desarrollo de operaciones de soldado, uniones roscadas, corte, curvado y abocardado de tuberías, etc.

El aspirante tendrá que realizar obligatoriamente la prueba nº1 y una prueba más a sorteo entre la prueba 2 y 3.

  • Prueba nº 1: Realización de una probeta en cobre por el procedimiento de soldadura de soldadura fuerte compuesta por 4 codos de 90º una T y una conexión para poder probarla hidráulicamente
  • Prueba nº 2: realización de probeta en tubería y accesorio de acero de 1/2” de diámetro consistente en, cortar un extremo del tubo a 5 cm de inicio, sobre ese extremo proceder a realizar una rosca.
  • Prueba nº 3: realización de probeta en tubería de cobre, un curvado a 90ª a una distancia de 15 cm del inicio del tubo y en el otro extremo se procederá a realizar un abocardado.

Módulo II: pruebas habituales en sistemas de calefacción y climatización

El aspirante tendrá que realizar obligatoriamente una prueba de cada bloque y dentro de cada bloque se le asignará la prueba por sorteo entre las pertenecientes a ese bloque:

BLOQUE DE CALEFACCIÓN:

  • Prueba nº 1: Determinación del punto de funcionamiento de una Bomba en un circuito hidráulico.
  • Prueba nº 2: Prueba de análisis de la combustión sobre aparatos, con valoración de los resultados obtenidos y comprobación de dispositivo de seguridad del aparato.

BLOQUE DE CLIMATIZACIÓN

  • Prueba nº 3: Equilibrado de rejillas en una red de conductos de un sistema de climatización.
  • Prueba nº 4: Evaluación de máquinas de AA mediante medición directa en circuito del refrigerante.
  • Prueba nº 5: Realización de vacío Simple en circuito frigorífico.
  • Prueba nº 6: Realizar la carga de refrigerante por baja presión en un equipo de aire acondicionado (a.a.)
  • Prueba nº 7: Realizar la recuperación de refrigerante en un equipo de aire acondicionado (a.a.)

 

PRUEBAS PRÁCTICAS INSTALADOR HABILITADO RITE

ASINACIÓN DE PRUEBA/

FICHA DESCRIPTIVA DEL PROCESO

MODULO I:
Prueba nº 1: Realización de una probeta de cobre en soldadura con procedimiento de soldadura fuerte que contenga 4 codos de 90º una T y un accesorio de conexión para poder realizar prueba de estanquidad hidráulica.

OBLIGATORIA

(fichas prácticas, 05, 06 y 07)

Prueba nº 2: realización de probeta en tubería y accesorio de acero de 1/2” de diámetro, consistente en cortar un extremo del tubo a 5 cm de inicio, sobre ese extremo proceder a realizar una rosca.

A DESIGNACIÓN

(fichas prácticas, 02 y 04)

Prueba nº 3: realización de probeta en tubería de cobre de 15 mm de diámetro con 1 mm de espesor, un curvado a 90ª a una distancia de 15 cm del inicio del tubo y en el otro extremo se procederá a realizar un abocardado.

A DESIGNACIÓN

(fichas prácticas, 01 y 03)

MODULO II:
BLOQUE DE CALEFACCIÓN:
Prueba nº 1: Determinación del pto de funcionamiento de una Bomba en un circuito hidráulico.

A DESIGNACIÓN

(ficha práctica 09)

Prueba nº 2: Prueba de análisis de la combustión sobre aparatos, con valoración de los resultados obtenidos y comprobación de dispositivo de

seguridad del aparato.

A DESIGNACIÓN

(fichas prácticas, 08 y 15)

BLOQUE DE CLIMATIZACIÓN
Prueba nº 3: Equilibrado de rejillas en una red de conductos de un sistema de climatización.

A DESIGNACIÓN

(ficha práctica 10 REV 1)

Prueba nº 4: Evaluación de máquinas de AA mediante medición directa en circuito del refrigerante.

A DESIGNACIÓN

(ficha práctica 11)

Prueba nº 5: Realización de vacío Simple en circuito frigorífico.

A DESIGNACIÓN

(ficha práctica 12)

Prueba nº 6: Realizar la carga de refrigerante por baja presión en un equipo de aire acondicionado (a.a.)

A DESIGNACIÓN

(ficha práctica 13

Prueba nº 7: Realizar la recuperación de refrigerante en un equipo de aire acondicionado (a.a.)

A DESIGNACIÓN

(ficha práctica 14)

 

El examinador estará presente en todo momento, cumplimentando el check-list de defectos críticos correspondientes a cada una de las pruebas, puntuando y valorando en base a lo indicado en el PG-INST-02, con el fin de emitir un informe personalizado, indicando la valoración de los conocimientos.

La realización de este tipo de pruebas se efectuará sobre instalaciones tipo simuladas o paneles de instalaciones ajustados a las necesidades de cada una de ellas.

La decisión sobre certificación se tomará en base a los defectos críticos detectados por el examinador como se indica en el apartado 6.

El número máximo de convocatorias permitido en el examen práctico será de tres, abonando para cada una de ellas el importe especificado en el anexo 8. Para optar a las nuevas convocatorias después de haberse agotado la tercera y última convocatoria deberá reiniciarse todo el proceso de certificación completo, satisfacerse el importe íntegro de la tarifa de certificación (ver tarifas en anexo 8.) y teniendo en cuenta el condicionante de que la validez del curso de formación se limita a los 5 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud

El examen teórico y el examen práctico se pueden aprobar por separado, no siendo condicionantes el uno del otro.

 

3.3 Derechos de Inscripción.

Los solicitantes deberán tener acreditado (mediante talón o resguardo de transferencia bancaria) el abono del importe de los derechos de examen, a cada una de las convocatorias que haya necesitado para superar todas las pruebas del examen, para poder tener derecho a recibir el certificado de cualificación. Si una vez superadas todas las pruebas no tuviesen acreditado el pago de estos derechos, la entidad de certificación no les emitirá el certificado de cualificación

3.4 Tarifas

RITE. Instalador habilitado en Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios. 

examen teórico + examen práctico en 1ª, 2ª ó 3ª convocatoria236,75 € (IVA incluido)
solo examen práctico tanto de Módulo I como de Módulo II ó ambos Módulos en 2ª ó 3ª convocatoria196,91 € (IVA incluido)
Solo examen teórico en 2ª ó 3ª convocatoria39,83 € (IVA incluido)

 

RECERTIFICACIÓN

Dentro de los costes de recertificación ya están contemplados los costes que supone para el sistema, el gestionar todo el control sobre la entrega de documentación derivada del cumplimiento de los requisitos de proactividad establecidos en el PG-INST-01:

  • Tarifa única para todas las certificaciones de :

– Coste recertificación: 45,15€ (IVA incluido)

Los solicitantes deberán tener acreditado (mediante talón o resguardo de transferencia bancaria) el abono del importe de los derechos de examen, a cada una de las convocatorias que haya necesitado para superar todas las pruebas del examen, para poder tener derecho a recibir el certificado de cualificación.

Si una vez superadas todas las pruebas no tuviesen acreditado el pago de estos derechos, la entidad de certificación no les emitirá el certificado de cualificación.

4. Toma de decisiones de expedición del carnet RITE

La superación de las diferentes partes de examen (examen teórico y examen práctico) se mantendrá durante un plazo de cuatro meses y hasta un máximo de tres convocatorias.

– Positiva: Comportará esta calificación la superación del examen teórico, superando la nota de 7,25 y del total del examen práctico, esto comporta la no realización de ningún defecto crítico en el conjunto del examen práctico (Módulo I y Módulo II) con lo cual el Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L tramitará la certificación.

Mejorable (suspenso-mejorable): Comportará esta calificación la no superación en primera o segunda convocatoria del examen teórico o alguna de las partes del examen práctico. En este caso el Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L no concederá la certificación al solicitante, comunicando este hecho por carta firmada por el Director de Certificación, en el que se le indicará que partes en concreto del examen no ha superado y que defectos se le detectaron.

– Negativa (suspenso-negativo): Comportará esta calificación la no superación del examen tanto teórico como el global de examen práctico en tercera convocatoria.

En este caso el Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L no concederá la certificación, comunicando este hecho por carta firmada por el Director de Certificación al solicitante, debiendo el solicitante realizar todo el proceso de certificación.

5. Vigencia y Mantenimiento de la Certificación 

Para la certificación de Instaladores de RITE inicialmente el Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L, en base al informe final recibido, otorgará al solicitante un certificado con una vigencia de cinco años, salvo que el instalador sea sancionado tras recibir reclamaciones por defectos en las actuaciones que realicen. Este periodo de vigencia comenzará a partir de la fecha de toma de decisión positiva del Director de Certificación.

A cada instalador certificado se le asignará un Código compuesto por letras identificativas del tipo de certificación y un número correlativo en función del orden de certificación, este código será intransferible y será utilizado en el futuro para su identificación

6 Recertificación

6.1 Solicitud de recertificación

El proceso de recertificación se realizará en cualquiera de los siguientes casos:

  • Caducidad de la certificación.
  • A propuesta del Director de Certificación, por modificaciones sustanciales en el documento normativo, y con aprobación por parte del Comité de Esquema.
  • Por sanción derivada de reclamaciones por actuaciones incorrectas.

El candidato interesado efectuará la solicitud de recertificación cumplimentando para ello el Modelo oficial de solicitud de recertificación según anexo 10 (Formato FPGINST-01-10) y adjuntando la documentación requerida en el mismo. A través de dicha solicitud el candidato declara conocer el proceso de certificación, acepta someterse a las actividades de evaluación descritas en el presente procedimiento y detalla el alcance de la recertificación que solicita, y acepta las condiciones exigidas al personal certificado.

La solicitud podrá ser efectuada a nivel individual por el candidato o a nivel colectivo por parte de Empresas o Asociaciones que deseen la recertificación de varios de sus empleados o asociados. Cuando la solicitud se realice a través de una empresa u asociación, el Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L dirigirá las comunicaciones a este colectivo de forma escrita (mediante carta, fax o e-mail) detallando individualmente el nombre de los solicitantes.

En el caso de que la solicitud no contenga la información necesaria o no adjunte toda la documentación requerida y con el objeto de que el solicitante pueda, resolver esta situación se le enviará una comunicación indicándole al solicitante la documentación pendiente de recibir y el plazo de que dispone para hacerlo, indicándole que si no está presentada en ese plazo se le suspenderá la certificación.

6.2 Recertificación de Instalador habilitado en Instalaciones Térmicas en edificios RITE.

La recertificación será de tipo documental.

El Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L notificará en el caso de los instaladores RITE certificados con una antelación mínima de 3 meses el final del período de vigencia de su certificación, mediante un comunicado dirigido a la dirección que conste en la base de datos del Servicio de Certificación de Personas que nos indiquen en el formato de solicitud de certificación o recertificación del instalador.

La no recepción por el interesado del comunicado del Servicio de Certificación de Personas de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L informando del final del período de vigencia de la certificación no eximirá del cumplimiento de lo indicado en este apartado.

Para los profesionales certificados como Instalador habilitado en Instalaciones Térmicas en edificios RITE.

  • Se deberá presentar ante Servicio de Certificación de Personas de CONAIFSEDIGAS Certificación S.L, justificación de haber realizado, como mínimo, dos actuaciones en el ámbito de actuación del alcance del RITE al año, o bien quince durante el período de vigencia del certificado que se desea renovar, la justificación se realizará mediante los documentos o pruebas que se consideren acreditativos de la actuación, y una carta del instalador certificando que no ha recibido una sanción por parte de la administración. La fecha de inicio de la nueva certificación será la fecha de vencimiento de la antigua.
  • En el caso de no presentar esta documentación con anterioridad a su fecha de caducidad, el Servicio de Certificación procederá a comunicar al interesado que a partir del vencimiento de su fecha de caducidad, perderá toda posibilidad de renovar el certificado y deberá iniciar de nuevo todo el proceso de certificación

 

7. Reclamaciones por actuaciones incorrectas del personal certificado. Sanciones

a) Defectos críticos

  • 1ª reclamación: Registro en base de datos y aviso. El contador de defectos se pone a cero tras 2 años sin defectos.
  • 1ª reclamación con varios defectos en una 1 instalación receptora u obra de gas para instaladores y un aparato para agentes de puesta en marcha.

Retirada del certificado y aumento de 0,5 puntos en la nota de aprobado del examen teórico Tras la nueva certificación el contador se pone a cero si no se cometen defectos en 1 año.

2ª reclamación con el contador de defectos no puesto a cero. Retirada del certificado y aumento de 0,5 puntos en la nota de aprobado del examen teórico, Tras la nueva certificación el contador se pone a cero si no se cometen defectos en 1 año.

  • 3ª reclamación con el contador no puesto a cero. Retirada del certificado y aumento de 0,5 puntos en la nota de aprobado del examen teórico. El instalador o agente de puesta en marcha no podrá acceder a la nueva certificación en el período de un año. Tras la nueva certificación el contador se pone a cero si no se cometen defectos en 1 año.

b) Defectos principales

  • registro en la base de datos de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L y aviso por parte de CONAIF-SEDIGAS Certificación S.L al interesado. El contador de defectos se pone a cero tras 2 años sin defectos;
  • al acumularse 5 reclamaciones de defectos principales se procederá de igual forma que para el caso de dos defectos críticos.

Se consideran defectos críticos o principales para cada certificación los indicados en los siguientes documentos:

Parte 01 de las Especificaciones técnicas para “Instaladores habilitados en Instalaciones Térmicas en edificios”