Normativa de Instalaciones de gas con baterías de bombonas hidráulicas

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Análisis de instalaciones de gas con baterías de bombonas de 35 kg

Tamaño de la caseta en la que se encuentran las bombonas.

La Norma UNE-60670 establece que en los locales que estén situados a un nivel inferior a un primer sótano no se deben instalar aparatos de gas. Cuando el gas suministrado sea más denso que el aire, en ningún caso se deben instalar aparatos de gas en un primer sótano.

  • Requisitos generales: Dos locales se consideran como uno solo, a efectos de condiciones de instalación de aparatos de gas y diseño de ventiladores, si se comunican entre sí mediante una o varias aberturas permanentes, cuya superficie libre total sea igual o superior a 1,5 metros cuadrados.
  • Volumen mínimo de los locales: Los locales donde se instalan aparatos de gas de tipo A (Norma UNE-60670), deben tener un volumen bruto mínimo de acuerdo con lo establecido. Los locales que contengan aparatos de calefacción reconocidos como tipo A deben tener un volumen bruto mínimo expresado en metros cúbicos igual o superior al resultado de multiplicar el consumo calorífico de estos aparatos en KW por 11, con un mínimo de 15 metros cúbicos.

Características de la instalación

Para las instalaciones suministradas con gases de la segunda familia:

  • Instalaciones suministradas con MOP superior a 150 mbar e inferior o igual a 5 bar. La instalación debe disponer de un sistema de regulación dotado de:
    • Regulador de presión
    • Válvula de seguridad por máxima presión
    • Válvula de seguridad por mínima presión en cada instalación individual.
  • Instalaciones suministradas con MOP superior a 50 mbar e inferior o igual a 150 mbar. El sistema de regulación debe consistir en un regulador de presión y una válvula de segundad por mínima presión para cada una de las instalaciones individuales.
  • Instalaciones suministradas con MOP inferior o igual a 50 mbar. Si la MOP es superior a la presión de utilización de los aparatos la Instalación se debe equipar con regulador de presión. Cuando la MOP sea superior a 25 mbar se debe equipar la instalación con válvula de seguridad por mínima presión y cuando sea inferior, debe consultarse con la empresa distribuidora la necesidad de instalarla en cada instalación individual.

En relación a las tomas de presión, en toda instalación receptora se deben instalar, al menos, las siguientes tomas de presión:

  • A la entrada y a la salida de los reguladores de instalaciones suministradas desde redes de distribución.
  • En la entrada de la centralización de contadores
  • A la salida del contador. Si éste está centralizado o situado en el exterior, debe existir otra toma de presión en el tramo de instalación interior de la vivienda o local de uso no doméstico.

Ventilación del local donde se encuentra situada la caldera

A efectos de esta norma, se entiende por ventilación rápida la que se realiza a través de una o dos aberturas, cuya superficie total sea igual o superior a 0,4 metros cuadrados, practicables en el mismo local (puerta o ventana) y que comuniquen directamente al exterior o a un patio de ventilación.

Se puede considerar como ventilación rápida la que se realiza indirectamente, a través de una puerta fácilmente practicable, cuya superficie mínima sea de 1,2 metros cuadrados, a un local contiguo que disponga de ventilación rápida, cuando el consumo calorífico total de los aparatos que carezcan de dispositivo de segundad sea inferior o igual a 30 KW. 

Requisitos de ventilación

  • Sistemas de ventilación directa: A efectos de esta norma se considera como ventilación directa la proporcionada por la comunicación permanente del local donde se alojan los aparatos de gas de tipo A y tipo B con el exterior o con un patio de ventilación, pudiendo realizarse con uno de los sistemas siguientes:
  1. A través de una abertura permanente, practicada en una pared, puerta o ventana, que dé directamente al exterior o al patio de ventilación.
  2. A través de un conducto individual: estos conductos pueden ser horizontales o verticales, en todo caso debe quedar asegurada la circulación de aire por tiro natural o mediante un ventilador mecánico.
  3. Mediante un conducto colectivo: se debe realizar por circulación de aire ascendente y el conducto deber ser del tipo “shunt” invertido o similar.
  • Sistemas de ventilación indirecta: Será la efectuada a través de un local contiguo que no sea dormitorio y que disponga de ventilación directa debiendo existir una abertura de comunicación entre los dos locales.

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