912 171 879

Categorías

Denominación

Actividades subacuáticas para instalaciones acuícolas y recolección de recursos.

Código

MAPB0112

Otra información de interés

Familia Profesional: Marítimo – Pesquera

Área Profesional: Buceo

Nivel de cualificación profesional: 1

Cualificación profesional de referencia: MAP401_1 Actividades subacuáticas para instalaciones acuícolas y recolección de recursos (RD 1179/2008, de 11 de julio).

Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad

UC1299_1: Realizar intervenciones hiperbáricas hasta la presión absoluta restringida establecida en la normativa aplicable de buceo profesional respirando aire con circuito abierto.

UC1300_1: Mantener las poblaciones e instalaciones acuícolas sumergidas

UC1301_1: Recolectar recursos subacuáticos

Competencia general

Realizar  intervenciones  hiperbáricas  hasta  la  presión  absoluta restringida  establecida  en  la  normativa  aplicable de buceo profesional respirando aire con circuito abierto, bajo supervisión del jefe de equipo,  para mantener instalaciones acuícolas sumergidas y poblaciones objeto de cultivo, así como recolectar  recursos  subacuáticos  (algas, equinodermos,  poliquetos, moluscos,  crustáceos), aplicando las medidas de seguridad, prevención de riesgos laborales y de protección de recursos.

Entorno profesional

Ámbito profesional

Desarrolla  su  actividad  profesional  en  el  departamento  de  acuicultura  dedicado  al mantenimiento  de  instalaciones  y  a  la  recolección  de  recursos  marinos,  en  entidades  de  naturaleza  pública  o  privada,  empresas de tamaño pequeño, mediano, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su  forma jurídica. Desarrolla  su actividad  dependiendo, en  su  caso,  funcional y/o jerárquicamente  de  un  superior.  La  actividad  profesional  de  buceo  está  sometida  a  regulación  por  la  Administración  competente.

Sectores productivos

Se ubica en el sector productivo marítimo-pesquero, en los subsectores de acuicultura y buceo.

Ocupaciones o puestos de trabajo relacionados

Los  términos  de  la  siguiente  relación  de  ocupaciones  y  puestos  de  trabajo  se  utilizan  con  carácter  genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.

  • Buceadores de almadraba
  • Buceadores profesionales de aire restringido
  • Buceadores recolectores
  • Buceadores en acuicultura
  • Buceadores en acuarios

Requisitos necesarios para el ejercicio profesional

Los establecidos según la legislación vigente publicados en las normativas y decretos de cada una de las Comunidades Autónomas de España.

Duración de la formación asociada

360 horas.

Relación de módulos formativos y de unidades formativas

MF1299_1: Intervención hiperbárica restringida de buceo profesional (180 horas)
MF1300_1: Mantenimiento de instalaciones acuícolas sumergidas (90 horas)
MF1301_1: Recolección de recursos subacuáticos (90 horas)

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