Nuevas prohibiciones para youtubers e influencers a la hora de publicitar comida para menores

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El pasado mes de octubre, Garzón anunció su intención de limitar los productos que se pueden anunciar en horario infantil enfocados a menores de 16 años.

Este tomó como referencia los perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que son muy restrictivos.

A día de hoy, El Ministerio de Consumo sigue adelante con la tramitación del decreto para regular la publicidad de alimentos y bebidas insanos dirigidos a niños y adolescentes.

Esta tramitación cuenta con la oposición de la industria alimentaria y las reticencias de otros ministerios. la novedad de que los youtubers,influencers y otras personas de relevancia no podrán

Este lunes, la norma ha salido a la audiencia pública con la novedad de que los youtubers, influencers y otras personas de relevancia no podrán aparecer en anuncios de alimentación dirigida a los jóvenes, incluso si se trata de productos sanos.

El departamento de Alberto Garzón espera que el decreto esté aprobado antes de final de año.

Eso implicará que, cuando la regulación entre en vigor, no se podrán publicitar, dulces, galletas, postres, zumos y helados dirigidos a los más jóvenes en televisión, radio, redes sociales, etc.

Según fuentes de Consumo, esta regulación se refiere tanto a alimentos insanos como a los considerados saludables.

Es decir, que los famosos e influencers tampoco podrán anunciar alimentos ni bebidas que sean saludables, pero que se dirijan a público infantil.

Sin embargo, la norma si que incluye fomentar la participación de personas de relevancia en campañas de salud pública y educativas cuyo fin sea el de promover la actividad física y los hábitos de alimentación saludable, sostenible y responsable.

Tras la audiencia pública, se podrán incorporar propuestas y mejoras realizadas por asociaciones y ciudadanos en los próximos 15 días hábiles.

Después, habrá que enviar el texto a la Comisión Europea, posteriormente, al Consejo de Estado y, finalmente, al Consejo de Ministros.

El 17,3% de menores sufre obesidad

Consumo trata de reducir así las altas tasas de sobrepeso infantil, que alcanza a cuatro de cada 10 menores.

Según el estudio Aladino 2019, en el que se encuesta a niños y niñas de entre seis y nueve años, un 40,6% de estos menores tiene exceso de peso, de los que el 17,3% sufre obesidad.

Cabe resaltar que esta enfermedad afecta con más frecuencia a menores de familias con rentas más bajas.

El estudio, elaborado por la Agencia Española de Nutrición y Seguridad Alimentaria, muestra que los progenitores de los menores con sobrepeso no perciben dicho problema.

La futura regulación se elaborará a través de las tablas nutricionales que la OMS publicó en 2015.

Se trata de un documento que marca los niveles máximos de azúcar, grasas y sal aceptables para anunciar un producto destinado a los niños.

La norma de Consumo toma como base esa división y asume que las cinco categorías de productos vetadas por la OMS no podrán anunciarse en España cuando se dirijan a menores.

La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres.

Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería.

Tampoco se podrán anunciar zumos, las bebidas energéticas y los helados.

En cambio, hay otros alimentos que se consideran sanos y siempre podrán publicitarse: carne fresca, pescado, aves de corral, huevos, fruta fresca, verduras y legumbres.

Nerea Serrano Ruiz

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