UC0713_1: Realizar operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas

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Denominación

UC0713_1: Realizar operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas

Código

Descripción

UNIDAD DE COMPETENCIA 2 (UC2): Realizar operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas

Capacidades y criterios de evaluación

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Realizar operaciones auxiliares en hembras de reposición, para contribuir a su adaptación a la explotación y a su adecuación como reproductoras, siguiendo instrucciones y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR1.1: Las hembras de reposición se adaptan a la granja, ubicándolas en los alojamientos indicados y previamente acondicionados.
  • CR1.2: Las hembras de reposición se agrupan en lotes para favorecer la monta en función de la proporción de hembras por macho recibidas.
  • CR1.3: Las hembras nulíparas y las aves para puesta se alimentan, según las recomendaciones establecidas para este periodo.
  • CR1.4: El programa sanitario específico para hembras de reposición se aplica, siguiendo los protocolos establecidos.
  • CR1.5: Los datos de control y seguimiento de las operaciones auxiliares en hembras de reposición se registran según los protocolos establecidos.
RP2: Realizar operaciones auxiliares de identificación de los animales de recría y cebo para el control y trazabilidad de los mismos siguiendo instrucciones y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR2.1: Los animales se identifican con el tipo de sistema establecido, siguiendo las instrucciones del personal superior.
  • CR2.2: Los animales se agrupan en lotes homogéneos en función de parámetros, previamente establecidos (sexo, edad, destino, entre otros).
  • CR2.3: Las alteraciones en la conducta de los animales se detectan, notificándolas al personal encargado según los protocolos establecidos.
  • CR2.4: Los animales de recría y cebo se alimentan con el tipo y cantidad de alimentos, recomendados para este periodo.
  • CR2.5: El programa sanitario específico de animales de recría y cebo se aplica, según los protocolos establecidos.
  • CR2.6: Los datos de control y seguimiento de las operaciones de identificación de los animales de recría y cebo se registran, según los protocolos establecidos.
RP3: Preparar los productos ganaderos de la explotación (animales para venta, huevos, leche, miel, lana y otros productos y/o subproductos) para su posterior destino (almacén, venta, transporte, entre otros), siguiendo instrucciones y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR3.1: Los animales cuyo proceso productivo, dentro de la explotación ha finalizado y han sido destinados a la venta se agrupan en lotes y preparan para ser transportados.
  • CR3.2: Los huevos procedentes de explotaciones avícolas se recogen, para ser transportados y/o almacenados, siguiendo los protocolos establecidos.
  • CR3.3: Las hembras lecheras se ordeñan, conservando la leche, dentro de la explotación en las condiciones higiénicas establecidas hasta su recogida.
  • CR3.4: La miel se retira de la máquina de recolección, almacenándola donde proceda, hasta su transporte y/o conservación.
  • CR3.5: La lana procedente de la esquila se almacena en condiciones de temperatura y humedad establecidas, siguiendo protocolos.
  • CR3.6: Otros productos y subproductos procedentes de explotaciones animales se preparan para su transporte y/o almacenamiento.
  • CR3.7: Los datos del control y seguimiento de las operaciones de preparación de productos ganaderos se registran, según los protocolos establecidos.
RP4: Almacenar las materias primas alimenticias, distribuyendo los alimentos con los medios y técnicas de conservación establecidas, siguiendo instrucciones y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR4.1: Las materias primas alimenticias se acondicionan para su almacén según los protocolos establecidos.
  • CR4.2: Los alimentos se preparan previo a su distribución a los animales, según lo establecido.
  • CR4.3: Los alimentos se distribuyen a los animales en la cantidad, frecuencia y horarios establecidos.
  • CR4.4: El material utilizado en el almacenamiento y conservación de las materias primas alimenticias y en la preparación y distribución de los alimentos se mantiene en condiciones higiénicas y de uso.
  • CR4.5: El consumo de agua y alimentos suministrado a los animales se controla con el fin de evitar posibles alteraciones productivas y de salud.
  • CR4.6: Los datos de control y seguimiento del almacenamiento y conservación de materias primas alimenticias y distribución de alimentos se registran, según los protocolos establecidos.
RP5: Controlar el bienestar y el estado de salud de los animales para mantener los índices de producción de la explotación, aplicando los tratamientos sanitarios a los que esté autorizado, siguiendo instrucciones y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR5.1: Los animales se controlan detectando: hambre, sed, cobijo, falta de espacio u otras posibles carencias de bienestar animal.
  • CR5.2: Los animales se vigilan detectando posibles signos y síntomas de la alteración del estado de salud, informando al personal que corresponda del modo establecido.
  • CR5.3: Los animales enfermos se someten al manejo indicado según las instrucciones recibidas.
  • CR5.4: Los animales inviables se sacrifican, con el procedimiento establecido en la normativa aplicable de bienestar animal.
  • CR5.5: Los cadáveres de animales se eliminan, siguiendo instrucciones de superiores, cumpliendo la normativa aplicable de protección medioambiental.
  • CR5.6: El programa sanitario se aplica según el protocolo establecido.
  • CR5.7: Los datos requeridos del control y seguimiento de los tratamientos sanitarios aplicados se registran, según los protocolos establecidos.
  • CR5.8: Los medicamentos se almacenan, conservándolos en las condiciones establecidas en las fichas técnicas correspondientes.

Contenido

Contexto profesional

Medios de producción

Material de manejo de animales, separadores. Sistema de ventilación, termómetros, calefactores, ventiladores, termostatos. Piensos, forrajes, silos de pienso, Equipos de mezcla de alimentos (unifeed), repartidores automáticos de pienso y forrajes, almacenes de pienso y forrajes. Materiales de confort de suelos: paja, aserrín, viruta y otros. Animales de diferentes edades. Equipo de ordeño. Alojamientos para el ganado. Contenedor de cadáveres. Equipos y materiales de identificación y marcaje. Equipos y materiales de esquila. Medicamentos, material de conservación y aplicación de medicamentos. Equipos de protección.

Productos y resultados

Hembras de reposición adaptadas a la explotación. Animales de recría y cebo identificados. Productos ganaderos de la explotación huevos, lana, leche, miel y otros, recogidos y acondicionados. Materias primas alimenticias almacenadas y conservadas y alimentos distribuidos. Animales sanos.

Información utilizada o generada

Fichas técnicas de funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Recogida de información y cumplimentación de registros para los períodos de transición, recría y cebo. Protocolos internos de actuación en la explotación. Partes, estadillos y registros de producción. Fichas de reconocimiento de signos y síntomas de alteraciones de la salud (general e individual). Normativa básica medioambiental, de prevención de riesgos laborales, de bienestar animal y de seguridad alimentaria.

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