ECP1195_3: Colaborar en el proceso de certificación energética de edificios

Denominación

ECP1195_3: Colaborar en el proceso de certificación energética de edificios

Código

ECP1195_3

Descripción

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Colaborar en la comprobación de que los parámetros constructivos de un edificio, situado en una zona climática determinada, cumplen con la normativa aplicable para limitar su demanda energética, empleando las herramientas y las aplicaciones informáticas homologadas para tal fin.

CR1.1 La toma de datos de los parámetros constructivos del edificio se realiza previamente para la obtención de la información necesaria para su análisis.

CR1.2 Los parámetros constructivos de los cerramientos y particiones interiores que componen la envolvente térmica del edifico se calculan utilizando, en su caso, las herramientas y los programas informáticos homologados de aplicación.

CR1.3 Los parámetros constructivos del edificio se comparan con los datos mínimos que exige la normativa, en cumplimiento de la limitación de la demanda energética, utilizando, en su caso, las herramientas y los programas informáticos homologados de aplicación.

CR1.4 Las condensaciones que se producen en la superficie y en el interior de los cerramientos se verifican, comprobando que se encuentran dentro de los límites legales establecidos.

CR1.5 Las infiltraciones de aire del edificio, que originan pérdidas energéticas, se verifican, comprobando que se encuentran dentro de los límites legales establecidos para unas condiciones normales de utilización del edificio.

CR1.6 El cumplimiento de la limitación de la demanda energética del edificio se evalúa, mediante comparación con el correspondiente edificio de referencia, utilizando, en su caso, las herramientas y los programas informáticos homologados de aplicación.

RP2: Colaborar en la calificación energética de edificios, en proyecto o construidos, para determinar sus características energéticas, según la metodología establecida por la normativa aplicable y empleando las aplicaciones informáticas
homologadas para tal fin.

CR2.1 La aportación de los sistemas solares pasivos y de protección solar se consideran en el proceso de cálculo de la demanda energética.

CR2.2 El rendimiento medio horario de las instalaciones de calefacción, agua caliente, aire acondicionado, ventilación e iluminación se considera en el proceso de cálculo del consumo de energía final.

CR2.3 Los sistemas de climatización o producción de electricidad basada en fuentes renovables de energía y la electricidad producida por cogeneración se calculan, determinándose su influencia en la satisfacción de la demanda energética del edificio.

CR2.4 Los datos obtenidos sobre la demanda energética del edificio se introducen en la aplicación informática de referencia para calcular el consumo energético del edificio.

CR2.5 Las características del edificio de referencia que, en su caso, se utilicen para obtener la calificación se determinan según lo establecido reglamentariamente.

CR2.6 El índice de calificación energética del edificio se obtiene utilizando, en las fórmulas establecidas reglamentariamente, los datos calculados y los obtenidos de documentos reconocidos.

CR2.7 Las especificaciones técnicas requeridas por la etiqueta o acreditación legal de la calificación energética se cumplimentan según la normativa aplicable.

CR2.8 La toma de datos de las instalaciones del edificio se realiza previamente para la obtención de la información necesaria para su análisis.

RP3: Contribuir a la elaboración de la documentación relacionada con la planificación y gestión administrativa en el proceso de certificación energética de edificios.

CR3.1 Las fases del proceso de obtención de la certificación energética de edificios se  planifican, realizando cronogramas, teniendo en cuenta los plazos exigidos.

CR3.2 La documentación exigida para la obtención de la certificación energética provisional y definitiva de edificios se elabora, llevando a cabo un seguimiento de los procesos administrativos.

CR3.3 La documentación exigida para la actualización, renovación y, en su caso, mejora de la certificación energética de edificios se gestiona conforme a las condiciones que establezca el órgano competente.

CR3.4 La información y el asesoramiento relacionados con el proceso de certificación energética, dirigidos al propietario, usuario o promotor, se realizan directamente o mediante la preparación de documentación necesaria para tal fin.

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