ECP1449_3 – Organizar y realizar el acompañamiento de personas con discapacidad en la realización de actividades programadas

Denominación

Organizar y realizar el acompañamiento de personas con discapacidad en la realización de actividades programadas

Código

ECP1449_3

Realizaciones profesionales y criterios de realización

Realización profesional 1: Organizar las acciones de acompañamiento para las personas con discapacidad para permitir el desarrollo de las actividades programadas, en colaboración con el equipo interdisciplinar.

  1. Las acciones de acompañamiento se organizan en base a las actividades programadas (de ocio, deportivas, culturales, sanitarias, formativas, laborales, administrativas, entre otras), en colaboración con el equipo interdisciplinar para realizar intervenciones coordinadas e integrales.
  2. Las acciones de acompañamiento se establecen de manera individualizada para cada persona con discapacidad y centrado en sus características para promover el desarrollo y autonomía personal.
  3. Los apoyos requeridos por las personas con discapacidad se identifican, valorando las características, habilidades y necesidades, tanto individuales como grupales, para potenciar su autonomía y participación.
  4. La duración de la actividad se establece en función de las características grupales e individuales para conseguir un grado de satisfacción equilibrado.
  5. Los espacios de realización de las actividades se valoran previamente, identificando sus características en relación con el acceso de las personas con discapacidad y detectando las posibles barreras existentes (físicas, comunicativas, educativas y formativas, entre otras) para permitir el desarrollo de la actividad programada.
  6. El respeto a la persona con discapacidad se presenta como principio básico en todo el proceso de intervención para proteger su derecho a la intimidad.
  7. El secreto profesional se respeta para garantizar la confidencialidad de la información recibida de la persona con discapacidad, promoviendo la intimidad de la persona.

Realización profesional 2: Consensuar con las personas con discapacidad, en aquellos casos que sea posible, las condiciones y características de las acciones de acompañamiento para potenciar su motivación y compromiso de participación.

  1. Las preferencias y aportaciones de cada persona con discapacidad se recogen e incorporan en la organización de las acciones de acompañamiento para aumentar su motivación y compromiso de participación en las actividades.
  2. Las acciones de acompañamiento y las pautas de realización de estas se establecen conjunta y consensuadamente con la persona con discapacidad para favorecer su implicación en las mismas.
  3. Las actividades planificadas se centran en la persona con discapacidad, promoviendo su participación y, en su caso, la de la familia, para cumplir tanto con las expectativas de la persona con discapacidad, como de la actividad en sí.
  4. La realidad social y económica de la persona con discapacidad y/o de su familia se valora teniéndola en cuenta para el desarrollo y ajuste de las actividades.

Realización profesional 3: Realizar el acompañamiento en las actividades programadas, tanto individuales como grupales, prestando el apoyo necesario para favorecer el desenvolvimiento, autonomía y participación social de las personas con discapacidad.

    1. El acompañamiento a la persona con discapacidad se realiza conforme a la organización previa, en aquellas actividades (de ocio, deportivas, culturales, sanitarias, formativas, laborales, administrativas, entre otras), que por su dificultad no pueda acceder sola para favorecer su autonomía y participación.
    2. El apoyo se presta en relación a las tareas específicas requeridas por las actividades y garantizando que sea acorde a las necesidades de la persona con discapacidad, para favorecer su autonomía.
    3. La autonomía en las actividades de la vida diaria se fomenta de forma continuada para lograr el éxito del acompañamiento.
    4. El acompañamiento en las actividades externas se realiza como apoyo a la persona con discapacidad y no como sustituto de su intención, para hacer prevalecer su independencia.
    5. Las actividades grupales se promueven para facilitar la presencia de la persona con discapacidad en foros y escenarios sociales que promuevan la participación social.
    6. Las pautas de comportamiento de la persona con discapacidad en las actividades se fijan y entrenan para favorecer la comunicación e implicación social contribuyendo a su socialización y normalización.

Contenido profesional

Medios de producción:

Internet. Material de oficina e informáticos. Instrumentos de organización y planificación de actividades. Instrumentos de materialización de compromisos. Técnicas grupales. Instrumentos para el reconocimiento del entorno. Bibliografía especializada.

Productos y resultados:

Acciones de acompañamiento organizadas. Acompañamiento en actividades. Condiciones y características del acompañamiento consensuadas con las personas destinatarias.

Información utilizada o generada:

Bibliografía específica. Internet. Normativa vigente. Informes de las personas con discapacidad. Fichas de recogida de actividades. Guías de recursos y entidades. Guías de transporte. Código ético profesional.

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