UC1476_2: Realizar operaciones de producción de ungulados cinegéticos

UC1476_2: Realizar operaciones de producción de ungulados cinegéticos

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Denominación

UC1476_2: Realizar operaciones de producción de ungulados cinegéticos

Código

Descripción

UNIDAD DE COMPETENCIA 1 (UC1): Realizar operaciones de producción de ungulados cinegéticos

Capacidades y criterios de evaluación

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Realizar operaciones de recepción y traslado de ungulados cinegéticos entre parques de residencia e instalaciones de manejo, así como de expedición, para situarlos en el lugar y las condiciones requeridos en cada caso, siguiendo instrucciones y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal.
  • CR1.1: Los ungulados cinegéticos se recepcionan en la granja, trasladándose a las instalaciones de cuarentena, en caso requerido.
  • CR1.2: El itinerario y los datos de conducción de los ungulados cinegéticos entre las diferentes instalaciones de la explotación se preparan, para que resulte lo más sencillo y efectivo posible.
  • CR1.3: Los ungulados cinegéticos, conforme llegan a la nave de manejo, se ubican en los diferentes habitáculos y/o elementos de trabajo (báscula, cajón de manejo, entre otros), siguiendo instrucciones técnicas.
  • CR1.4: Los ungulados cinegéticos se sueltan, situándolos en un espacio que permita reunir a todos los integrantes del lote, una vez realizado el trabajo correspondiente sobre cada uno de ellos.
  • CR1.5: Los ungulados cinegéticos se separan según su especie, edad, sexo, estado productivo o por criterios de calidad, reorganizándose en lotes y enviándolos a las instalaciones correspondientes.
  • CR1.6: Los ungulados cinegéticos destinados a expedición y transporte se encajonan, siguiendo las técnicas requeridas y el protocolo establecido.
  • CR1.7: Los medios, equipos, máquinas y herramientas seleccionados para las operaciones de recepción, expedición y transporte de ungulados cinegéticos se mantienen en estado de uso, siguiendo especificaciones técnicas.
  • CR1.8: Las operaciones vinculadas a la recepción, expedición y traslado de ungulados cinegéticos se registran, en el formato y soporte establecidos, según instrucciones recibidas del responsable superior.
RP2: Suministrar alimentos, agua, minerales, vitaminas, entre otros, a las aves cinegéticas y, en su caso, elaborar raciones en función de especie, edad, sexo y estado productivo, para cumplir el programa alimenticio, asegurando el desarrollo de los animales y de sus producciones, siguiendo instrucciones del responsable superior y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de bienestar animal.
  • CR2.1: Las raciones se preparan, utilizando la maquinaria/equipos requeridos (unifeed, carro mezclador, entre otras) y en las proporciones establecidas, según los cálculos determinados por el técnico.
  • CR2.2: La ración, el agua o el alimento de volumen se distribuyen, garantizando el acceso de todos los ungulados cinegéticos, minimizando el riesgo de luchas o de exclusión de otros animales, en las cantidades establecidas, en función de los estados productivos (edad, sexo, época del año o climatología, entre otros factores), y según indicaciones técnicas.
  • CR2.3: El alimento natural, como hierba fresca, restos de poda o desbroces de arbustos o árboles se aporta, permitiendo que los ungulados cinegéticos lo conozcan y desarrollen el comportamiento que les permita adaptarse a su presencia cuando sean liberados.
  • CR2.4: El alimento rehusado se retira, realizando su seguimiento y comunicando a los superiores su disponibilidad, garantizando las condiciones de conservación.
  • CR2.5: Los sistemas de distribución de alimento, complementos vitamínico?minerales y agua, que no precisan instalación y que permitan un acceso diferenciado, según especie, sexo y edad, se ubican, comprobando que todos los ungulados cinegéticos puedan acceder a ellos, para minimizar el riesgo de luchas o de exclusión de otros animales.
  • CR2.6: Los medios, equipos, máquinas y herramientas seleccionados para el suministro y elaboración de raciones de ungulados cinegéticos se mantienen en estado de uso, conforme a especificaciones técnicas.
  • CR2.7: Las operaciones de suministro de alimento, agua, minerales, vitaminas y, en su caso, de elaboración de raciones, se registran en el formato y soporte establecidos, según instrucciones recibidas del responsable superior.
RP3: Realizar operaciones de reproducción y cría de ungulados cinegéticos, en función de su especie, edad y sexo, según protocolos establecidos, para incrementar la productividad de la explotación, siguiendo instrucciones del responsable superior y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR3.1: Los materiales y equipos requeridos para la aplicación de tratamientos hormonales de sincronización de celos y ovulación en ungulados cinegéticos se prepara, siguiendo instrucciones técnicas del responsable superior.
  • CR3.2: Las hembras de ungulados cinegéticos se distribuyen en lotes con un macho, registrando las cubriciones y realizando cambios, en su caso (reemplazamiento o retirada del macho, entre otros), según instrucciones recibidas.
  • CR3.3: Las hembras de ungulados cinegéticos diagnosticadas como gestantes se separan de las vacías para proporcionarles una alimentación y cuidados específicos.
  • CR3.4: La fase de paridera se sigue, interfiriendo lo menos posible para no afectar a la relación materno-filial y evitar problemas de abandonos.
  • CR3.5: Las crías se destetan separándolas de sus madres, cuando alcancen el peso y la edad indicada, sin que afecte negativamente a su crecimiento y viabilidad, siguiendo instrucciones del personal responsable.
  • CR3.6: Los medios, equipos, máquinas y herramientas seleccionados para el manejo de reproductores y crías de ungulados cinegéticos se mantienen en estado de uso, siguiendo especificaciones técnicas.
  • CR3.7: Las operaciones de reproducción y cría de ungulados cinegéticos se registran en el formato y soporte establecidos, según instrucciones recibidas del responsable superior.
RP4: Adaptar el medio, enriqueciéndolo, en su caso, para que los ungulados cinegéticos vivan en un hábitat parecido a su hábitat natural, conforme al protocolo establecido e instrucciones del responsable superior, en condiciones de calidad y seguridad y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal.
  • CR4.1: Las duchas, baños, sombras, refugios, barreras, paravientos y otros elementos se mantienen, según especie y época del año, permitiendo a los ungulados cinegéticos defenderse de las condiciones climáticas.
  • CR4.2: Los elementos accesorios requeridos (troncos de árboles, troncos de madera resinosa, ramas, entre otros) se colocan en los lugares indicados, permitiendo que los ungulados cinegéticos puedan rascarse, frotarse, topar, empujar y descorrear, entre otros.
  • CR4.3: Los montones de piedras o tierra se crean, permitiendo que los ungulados cinegéticos puedan subirse a ellos, rascarse, o permanecer secos y a salvo de encharcamientos en épocas muy lluviosas.
  • CR4.4: Los refugios, barreras, y otros elementos que permitan a los ungulados cinegéticos escapar y defenderse del acoso y agresión de otros congéneres se instalan, manteniéndolos en estado de uso.
  • CR4.5: La superficie por animal y la funcionalidad de los bebederos, comederos, y resto de instalaciones se adaptan a la especie, sexo, edad y estado productivo de los ungulados cinegéticos, siguiendo instrucciones recibidas.
  • CR4.6: Los medios, equipos, máquinas y herramientas usados en tareas de enriquecimiento y adaptación del medio para que los ungulados cinegéticos vivan en un hábitat parecido a su hábitat natural, se mantienen en estado de uso, conforme a especificaciones técnicas.
RP5: Cumplir el programa sanitario establecido para mantener el estado de salud de los ungulados cinegéticos, según instrucciones del veterinario y del responsable superior, cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales, protección medioambiental y de bienestar animal.
  • CR5.1: Los medicamentos y complementos nutricionales se almacenan, conservándolos en las condiciones ambientales requeridas.
  • CR5.2: El material y equipo requerido para la realización de tratamientos sanitarios se prepara, siguiendo instrucciones del veterinario y del personal responsable
  • CR5.3: Los ungulados cinegéticos enfermos, con heridas o lesiones se aíslan, comunicando su estado, al responsable técnico.
  • CR5.4: Los ungulados cinegéticos con pequeñas heridas, abscesos, objetos clavados o liados, gusaneras, entre otros, se tratan, según instrucciones del veterinario y del personal responsable.
  • CR5.5: Los ungulados cinegéticos que llegan a la explotación se aíslan, manteniéndolos en cuarentena, observando signos de alteraciones que se comunican al responsable técnico para evitar la entrada de enfermedades.
  • CR5.6: Los tratamientos colectivos preventivos o curativos, orales (mediante alimentos, agua, aplicadores, entre otros) o tópicos (mediante baños, pediluvios, aerosoles, u otros), se preparan (pesado del producto, disolución de la mezcla, vertido y homogenización, entre otros) para su administración en colaboración con el responsable superior, siguiendo el programa sanitario.
  • CR5.7: Las muestras orgánicas (heces, pelo, raspado cutáneo, entre otras) se obtienen, en colaboración con el personal responsable, siguiendo los protocolos establecidos.
  • CR5.8: Los sistemas de distribución de alimentos, complementos vitamínico?-minerales y agua se seleccionan en función de la época del año o las condiciones climáticas, para garantizar las condiciones higiénico-sanitarias y el acceso diferenciado según especie, sexo, edad y/o estado productivo.
  • CR5.9: Las máquinas, herramientas, medios y equipos requeridos para operaciones sanitarias se mantienen en estado de uso, conforme a especificaciones técnicas.
  • CR5.10: Las operaciones vinculadas al cumplimiento del programa sanitario se registran en el formato y soporte establecidos, según instrucciones recibidas del responsable superior.
RP6: Vigilar a los ungulados cinegéticos en los momentos clave del ciclo biológico, para detectar anomalías posibles físicas o de comportamiento, conocer el estado general de la población y adoptar medidas correctoras, ante disfunciones, aplicando criterios de calidad y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales, de protección medioambiental y de bienestar animal.
  • CR6.1: Las posibles anomalías físicas o de comportamiento, durante los procesos de recepción, expedición y transporte se detectan, comunicándolas al técnico superior.
  • CR6.2: Las posibles anomalías en la alimentación (exclusión, luchas, malnutrición, entre otros), la reproducción (machos que no cubren, hembras que no se dejan cubrir o ninfómanas, entre otros) o de comportamiento (se muerde a sí mismo o se rasca frecuentemente), signos de enfermedades y anomalías morfológicas (aspecto demacrado) se detectan, efectuando su seguimiento para garantizar la alimentación, reproducción, salud y comportamiento de los ungulados cinegéticos, comunicándolo, en su caso, al técnico superior.
  • CR6.3: Los ungulados cinegéticos acosados, desplazados socialmente, agresivos o que acosan, se detectan para su separación.
  • CR6.4: Las características morfológicas no típicas de la especie de los ungulados cinegéticos, en particular las anomalías en el desarrollo de cuernos/as se comunican a los técnicos superiores para tomar las medidas pertinentes.
  • CR6.5: Los ungulados cinegéticos muertos se retiran, notificándolo a continuación al responsable técnico, por si se indicara necropsia u obtención de muestra orgánica para envío a laboratorio, y para su destrucción o solicitud de recogida por empresa especializada.
  • CR6.6: Los momentos clave de la temporada reproductiva (celos, partos, lactación, entre otros) y los del ciclo de la cuerna (desmogue y descorreo) se registran en el soporte establecido, para tomar las medidas oportunas y detectar posibles anomalías.
  • CR6.7: Los ungulados cinegéticos enfermos, con heridas o lesiones irreversibles se sacrifican, siguiendo instrucciones recibidas.
  • CR6.8: Los medios, equipos, máquinas y herramientas usados en operaciones de observación de momentos clave del ciclo biológico, detección de anomalías físicas y/o comportamentales y de sacrificio, se mantienen en estado de uso, siguiendo especificaciones técnicas.
RP7: Inmovilizar ungulados cinegéticos para prestar cuidados a corta distancia o realizar otras operaciones, evitando ocasionarles estrés y/o daño, siguiendo los protocolos establecidos e instrucciones del responsable superior y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR7.1: Los elementos de trabajo (báscula, crush, entre otros) utilizados para la inmovilización se seleccionan previamente para facilitar el acceso.
  • CR7.2: Los ungulados cinegéticos se inmovilizan manualmente, con medios físicos con o sin motor (crush, sujeción de la cabeza o cuerpo, ataduras firmes pero no ocluyentes, sujeción manual firme en crías o hembras, entre otros) según especie, sexo, edad y estado fisiológico y principalmente en machos con cuernos/as en época reproductiva.
  • CR7.3: Los ungulados cinegéticos con pequeñas heridas, abscesos, objetos clavados o liados, gusaneras, entre otros, se separan, inmovilizándolos a continuación, tratándolos según instrucciones del personal responsable.
  • CR7.4: Los ungulados cinegéticos se cargan en camillas quirúrgicas, sujetándolos cuando la situación lo requiere, colaborando con veterinarios y siguiendo instrucciones recibidas.
  • CR7.5: Los ungulados cinegéticos tranquilizados o anestesiados se vigilan, siguiendo instrucciones recibidas para facilitar su recuperación.
  • CR7.6: El utillaje requerido para el corte de cuernas y corte de pezuñas se prepara antes del uso.
  • CR7.7: Las cuernas y pezuñas anormalmente largas se recortan, por encima de la roseta y por debajo de la zona irrigada, respectivamente, sin dañar al animal, siguiendo instrucciones.
RP8: Realizar operaciones de toma de datos corporales, marcaje e identificación de ungulados cinegéticos para su control y seguimiento, según instrucciones del responsable superior y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y bienestar animal.
  • CR8.1: El material requerido para el marcaje e identificación se prepara, en función de especie, sexo y edad de los ungulados cinegéticos, siguiendo especificaciones técnicas.
  • CR8.2: El animal se pesa en el elemento de pesaje establecido, registrando el dato en el soporte indicado, según especificaciones técnicas.
  • CR8.3: La condición corporal (masa muscular, reservas grasas, entre otros) se determina, mediante observación directa y palpación lumbar, registrándolo en su caso.
  • CR8.4: Las madres o crías se pesan, mediante los métodos y técnicas requeridas, interfiriendo lo menos posible para no afectar a la relación materno?filial y evitar abandonos, identificándolas con marcas y registrando el número de madres y crías correspondientes.
  • CR8.5: Las medidas corporales, del cuerno y de la cuerna, se toman según protocolos, registrándolas a continuación en el soporte establecido.
  • CR8.6: Los crotales, cintas, collares y demás dispositivos de marcaje e identificación externa se colocan, siguiendo instrucciones recibidas.
  • CR8.7: Los tatuajes se realizan en las zonas más indicadas (piel y mucosas claras), comprobando que quedan bien visibles.
  • CR8.8: La lectura de los bolos ruminales o microchips se realiza, siguiendo instrucciones técnicas.
  • CR8.9: Los medios, equipos, máquinas y herramientas utilizados en operaciones de toma de datos corporales, marcaje e identificación de ungulados cinegéticos se mantienen en estado de uso, según especificaciones técnicas.

Contenido

Contexto profesional

Medios de producción

Materiales necesarios para la realización de los trabajos de recepción, traslado y expedición. Materiales, equipos y herramientas de captura. Capturaderos de especies cinegéticas. Elementos de trabajos (báscula, cajón de manejo, entre otros). Maquinaria de preparación de raciones (unifeed, carro mezclador, entre otras). Bebederos, comederos y otros equipos de suministro de alimento, agua y complementos vitamínicos. Materiales para la realización de tratamientos hormonales de sincronización de celos y ovulación. Elementos de defensa frente a las condiciones climáticas (duchas, baños, sombras, refugios, barreras, paravientos, entre otros). Elementos para el descorreo o rascado (troncos de árboles, troncos de madera resinosa, ramas, entre otros). Elementos de escapada o defensa frente a la agresión de otros animales (refugios, barreras, entre otros). Materiales y equipos necesarios para la realización de tratamientos sanitarios. Materiales necesarios para la toma de muestras. Materiales y equipos de inmovilización. Camas. Utillaje de corte de cuernas y pezuñas. Materiales y equipos de pesaje, medida y marcaje. Dispositivos de marcaje reutilizables. Equipos de lectura de sistemas de identificación. Equipos de Protección Individual (EPI’s). Piensos y silos de pienso. Ungulados cinegéticos de diferentes edades. Material de oficina.

Productos y resultados

Operaciones vinculadas a la recepción y traslado de ungulados cinegéticos realizadas. Ungulados cinegéticos en apropiado estado de alimentación. Operaciones de reproducción y cría de ungulados cinegéticos realizadas. Medio adaptado a la vida de los ungulados cinegéticos. Trabajos sanitarios realizados. Verificación de la higiene de las instalaciones. Anomalías físicas y/o comportamentales detectadas. Ungulados cinegéticos inmovilizados. Toma de datos corporales realizada para su control o seguimiento.

Información utilizada o generada

Fichas de control. Manuales de uso e instrucciones de máquinas, aperos y herramientas. Información sobre ungulados cinegéticos, características, morfología, fisiología, entre otros. Normativa básica aplicable. Manual de buenas prácticas ambientales. Normativa medioambiental. Plan de prevención de riesgos laborales de la empresa. Registros de ungulados de la granja cinegética: animales recepcionados, animales expedidos, entre otros. Bibliografía especializada. Manuales de producción de ungulados cinegéticos. Normativa de bienestar animal.

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