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Denominación
ECP2192_2: Vigilar el refugio o albergue de montaña y asegurar su comunicación, en colaboración con los servicios públicos que operan en la zona
Código
Descripción
ESTÁNDAR DE COMPETENCIA PROFESIONAL 1 (ECP1): Vigilar el refugio o albergue de montaña y asegurar su comunicación, en colaboración con los servicios públicos que operan en la zona
Capacidades y criterios de evaluación
Realizaciones profesionales y criterios de realización:
RP1: Desarrollar actividades de vigilancia del refugio o albergue de montaña, el uso del mismo y las actividades de su entorno con objetivos de prevención, aviso o intervención de la autoridad competente en situaciones de riesgo para las personas o el entorno, utilizando un segundo idioma, en su caso.
CR1.1 El refugio o albergue de montaña y su entorno se asegura presencialmente, atendiendo a las demandas y en colaboración, en su caso, con otros profesionales y/o medios alternativos.
CR1.2 El registro y control de entradas y salidas de los usuarios se efectúa, atendiendo a la actividad a realizar durante su ausencia, para que, en caso de emergencia o necesidad, los servicios públicos competentes en rescate queden alertados.
CR1.3 La normativa interna del establecimiento se comunica a los usuarios del refugio o albergue de montaña, reforzando la importancia de su cumplimiento.
CR1.4 Las áreas de acampada o vivac anexas al refugio o albergue de montaña, especialmente en temporada de mayor riesgo de incendios se supervisan, asegurando su estado y señalización para que actuaciones inadecuadas de riesgo a las personas o al ambiente queden prevenidas.
CR1.5 La cartelería informativa sobre normas de seguridad y de comportamiento en caso de emergencia se revisa periódicamente, comprobándola con el fin de que su permanencia y ubicación queden controladas.
CR1.6 La información sobre el número de personas y usos en las áreas de acampada y vivac se facilita al personal del espacio natural en situaciones de colaboración y asistencia con la autoridad competente.
CR1.7 El entorno del refugio o albergue de montaña en cuanto a la fauna y flora, condiciones físicas del entorno y fenómenos ambientales se vigila en colaboración con los responsables correspondientes, informando a las autoridades competentes de las situaciones de riesgo, para que queden detectadas.
RP2: Desarrollar actividades de observación y registros meteorológicos periódicos utilizando un segundo idioma en su caso, en colaboración con el organismo meteorológico responsable, que permitan disponer de información útil para la seguridad de usuarios y de profesionales que operan en el entorno y de estudios de investigación.
CR2.1 Los signos naturales indicadores de cambios meteorológicos se observan, interpretando la evolución de los mismos con el fin de que situaciones de riesgo queden detectadas.
CR2.2 Los datos meteorológicos se recogen, utilizando los aparatos de medida específicos, para que la fiabilidad y actualización de acuerdo con los procedimientos establecidos por el centro meteorológico responsable de la elaboración de predicción y vigilancia meteorológica y estudio climático queden garantizadas.
CR2.3 La información meteorológica se observa, analizándola para que situaciones de prevención de riesgos, tanto para usuarios como profesionales que operen en el entorno queden registradas.
CR2.4 Los datos registrados se transmiten a los centros meteorológicos responsables, siguiendo la periodicidad fijada, siempre y cuando la tecnología lo permita.
CR2.5 El estado del manto nivoso se analiza, utilizando protocolos como sondeos por golpe o de perfiles estratigráficos, para facilitar la información a los servicios meteorológicos responsables y que el riesgo de aludes y la seguridad de los usuarios de la montaña queden controlados.
RP3: Realizar operaciones de emergencia, colaborando con los servicios públicos competentes en emergencias y con otros organismos públicos que operan en el entorno del refugio o albergue de montaña.
CR3.1 La alerta a los servicios públicos competentes en rescate se transmite en caso de accidente, haciendo uso en su caso de comunicaciones y señales internacionales de socorro alpino y aportando los datos disponibles como:
– Quién solicita la ayuda.
– Fenómeno o hecho.
– Lugar en su caso, día y hora del hecho.
– Número, género, edad y situación de los afectados.
– Medio de contacto con los afectados como teléfono, emisora/canal, entre otros.
– Equipamiento de los afectados.
– Posibilidad de aterrizaje de medios aéreos en lugar del hecho, en su caso.
– Condiciones y previsiones atmosféricas y en su caso, nivometeorológicas.
– Estado de los accesos y del terreno.
– Medios disponibles en el refugio o albergue, como enfermería, equipamiento sanitario, material de rescate, helisuperficie, aparcamiento, personal médico en su caso, entre otros.
CR3.2 Las peticiones de colaboración de los servicios públicos competentes en emergencias se atienden, facilitando el uso preferente de las instalaciones y equipamiento del albergue o refugio de montaña a los profesionales, afectados y/o allegados.
CR3.3 Las operaciones o la aplicación de técnicas de evacuación y de preparación de zonas de aterrizaje de helicópteros se efectúan, utilizando protocolos específicos de actuación.
CR3.4 Las campañas de sensibilización ambiental, vigilancia/prevención sanitaria o epidemiológica, cursos primeros auxilios, cursos de manejo DEA-DESA (desfibrilador externo automático/ desfibrilador externo semiautomático) se atienden, colaborando con los organismos competentes con el fin de contribuir a la conservación del entorno del albergue o refugio de montaña y a la seguridad de las personas usuarias.
RP4: Desarrollar actividades de intercambio y difusión de información, por vía directa o a través de equipos de telecomunicaciones para garantizar la comunicación remota y permanente del refugio o albergue de montaña y especialmente en caso de emergencia.
CR4.1 La comunicación del refugio o albergue de montaña se asegura, efectuando acciones de mantenimiento, actualización y usos específicos de los equipos disponibles.
CR4.2 La información sobre el estado del refugio o albergue de montaña, su entorno y sus accesos se difunde, utilizando equipos o vías específicas de comunicación para facilitar la planificación, prevención y seguridad de las actividades en su entorno.
CR4.3 El personal del refugio o albergue de montaña se comunica con otros de la zona y con profesionales o entidades relacionados, respetando la periodicidad establecida y/o en caso de emergencia priorizando el uso de los medios disponibles, coordinación y simultaneidad.
CR4.4 Los protocolos de seguridad y emergencia se transmiten, explicándolos para que los usuarios y otros profesionales, en su caso queden informados.
Contenido
Contexto profesional
Medios de producción
Estación y/o instrumentación meteorológica. Material para la observación nivometeorológica. Boletines y alertas meteorológicos y de aludes. Material para la observación y vigilancia. DEA-DESA (desfibrilador externo automático/desfibrilador externo semiautomático). Equipamiento para zonas de acampada (señalización, contenedores, entre otros). Cartografía y bibliografía. Equipos de telecomunicaciones: teléfono, Internet/ordenador, telefonía móvil y transceptores de radio. Material técnico de montaña y medios para su reparación.
Productos y resultados
Actividades de vigilancia del refugio o albergue de montaña desarrolladas. Actividades de observación y registros meteorológicos desarrolladas. operaciones de emergencia, colaborando con los servicios públicos competentes en emergencias y con otros organismos públicos realizadas. Actividades de intercambio y difusión de información desarrolladas.
Información utilizada o generada
Fuentes de información y alertas meteorológicas y de aludes. Manuales de nivología y prevención de aludes. Fichas técnicas de itinerarios. Protocolos de actuación en caso de emergencia. Normativa aplicable del espacio natural protegido: Plan de Ordenación de Recursos Naturales, Plan Rector de Uso y Gestión. Alertas y avisos sanitarios y/o de Protección Civil. Normativa aplicable de protección medioambiental. Normativa aplicable sobre prevención de riesgos laborales.
¿DUDAS?
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