Aprobación del RITE
El pasado 20 de julio se aprobó en el Consejo de Ministros, elaborado junto con el Ministerio de la Vivienda, el Real Decreto donde se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Se constituye un marco normativo que recoge las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas -climatización, aparatos de calefacción y agua caliente- para garantizar el bienestar e higiene de las personas en sus hogares.
Este nuevo reglamento debe satisfacer las instalaciones térmicas, pero sin obligar al uso de una técnica o material determinado, o el impedimento de introducir nuevas tecnologías en relación al diseño. Una clara diferencia entre el enfoque tradicional que constituían un grupo de especificaciones técnicas, frente al inconveniente de limitar el abanico de soluciones e impedir el uso de nuevos productos y técnicas. Del mismo modo, se presenta una nueva dimensión ambiental para la mejora en la calidad del aire y la lucha contra el cambio climático.
Calderas con rendimiento energético bajo
Entre las diferentes medidas que destacan en el Reglamento podemos encontrar que establece una fecha límite para la instalación en el mercado español de calderas por debajo del rendimiento energético mínimo. El marcado de las estrellas se encuentra regulado en el Real Decreto 275/1995, donde se establece el marcado de prestación energética de una estrella a las instalaciones con un rendimiento potencial mayor o igual a 84%, y dos estrellas a aquellas mayor o igual de 90%.
De esta manera, las calderas con marcado de una estrella desaparecerán a partir del 1 de enero de 2010. En cambio, aquellas con marcado de prestación energética de dos estrellas desaparecerán a partir del 1 de enero de 2012.
Calderas de carbón
El nuevo RITE establece que las calderas de carbón tendrán prohibida su instalación a partir del 1 de enero de 2012. Una medida que, unida a la anterior, supondrán gran repercusión energética debido a que están destinadas al sector de edificios, más concretamente las viviendas.
Calderas de baja emisión de Nox
Además, en esta nueva redacción se conoce y tiene en cuenta que la combustión puede tener graves problemas para la salud. Por ese motivo, se fomentará en todo momento toda instalación de calderas que reduzca o pueda reducir las emisiones de óxidos de nitrógeno y otros contaminantes relacionados. Una gran medida para la mejora de la calidad del aire en las ciudades. De este modo, en una instalación térmica de caldera individual en edificios en reforma, dichas calderas serán de baja emisión de Nox.
Comisión asesora
Y, en último lugar, se produce la creación de la Comisión Asesora para las instalaciones térmicas de los edificios. Un órgano encargado de analizar los resultados en la aplicación del Reglamento y proponer las modificaciones necesarias para adaptarlo en todo momento a la evolución de la técnica.
Requisitos en el RITE según Comunidades
Este Real Decreto tiene carácter de reglamentación básica del Estado, es decir, para poder proceder a su aplicación deberá de ser desarrollada por las Comunidades Autónomas en su reglamentación complementaria correspondiente. Más sencillamente quiere decir que las Comunidades Autónomas podrán introducir requisitos adicionales sobre las mismas materias cuando se trate de instalaciones radicadas en su territorio.
Marco legal
Si nos centramos en el marco legal, la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación, establece dentro de los requisitos básicos de la edificación el ahorro de energía. En todo momento, tienen unión en aquellas relacionadas con el rendimiento de las instalaciones térmicas. Además, su desarrollo se remite al Reglamento objeto de este Real Decreto.
El cumplimiento de estos requisitos ha sido llevado a cabo por el Código Técnico de la Edificación, que se trata del marco normativo que establece las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus correspondientes instalaciones.
Por otra parte, la publicación de este Reglamento queda totalmente transpuesta la Directiva 2002/91/CE de Eficiencia Energética de los Edificios, debido a que complementa al Código Técnico de la Edificación y al Real Decreto 47/2007. Por ello, se establece que el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia energética de edificios de nueva construcción. De esta manera, el nuevo texto deroga y sustituye al anterior Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), aprobado por Real Decreto 1751/1998.
Lidia Solís Jiménez
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