Descubre las claves del nuevo RITE 

Legalizar una instalación de calefacción y climatización
Legalizar una instalación de calefacción y climatización

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BOE y actualizaciones

Desde Cursodeinstalador.com les ofrecemos un recordatorio sobre las últimas novedades del nuevo RITE

 

Como les comentábamos hace unos meses en el artículo Instalaciones Térmicas ligadas a la eficiencia y la sostenibilidad, el 1 de julio entró en vigor el Real Decreto 178/2021 que introducía modificaciones en el Reglamento de Instalaciones Térmicas del año 2007. Desde Cursodeinstalador.com os contamos todas las claves para que no pierdan detalle. 

Modificaciones 

 

Todas ellas tienen como finalidad que el nuevo RITE se adapte a las normativas europeas en materia de eficiencia energética. Entre los puntos a favor se encuentran la eliminación de los requisitos de rendimiento y eficiencia mínima de los equipos, obligando a tener en cuenta los reglamentos europeos sobre diseño ecológico y etiquetado energético y fomentando la utilización de energías renovables. 

Regulación de quemadores

 

Además, entre otra de sus modificaciones se encuentra el apartado sobre la regulación de quemadores. Desde su publicación, es de obligación que todos los quemadores de gas sean modulantes independientemente de la potencia que tengan. Como excepción encontramos el caso del gasóleo. Solo se ven modificados aquellos de más de 70kW, que deberán de ser modulantes.

Agua caliente para usos sanitarios

 

La preparación de agua caliente para usos sanitarios también se ha visto modificada. El cambio permite la incorporación de sistemas de generación auxiliar convencional a los depósitos acumuladores de las instalaciones renovables. De esta forma, se hace posible combinar en un mismo depósito un sistema de energías renovables y otro convencional.

Una actualización que permite el uso de los dos intercambiadores de los acumuladores de doble serpentín evitando la instalación de doble acumulación en los sistemas de energía renovables. 

Requisitos mínimos

 

Sobre los requisitos mínimos energéticos de los generadores de calor, el control del sistema se basará en sonda exterior de compensación de temperatura o termostato modulante. De está forma, se modifica la temperatura de ida a emisores adaptándolos a la demanda. Asimismo, los emisores de calefacción deberán estar calculados para una temperatura máxima de entrada al emisor de 60ºC.

Lo más destacado recae sobre la posibilidad de instalar calentadores de tipo B en zonas exteriores. Este tipo de calentadores se pueden instalar tanto en galerías , como en balcones o terrazas. Sin embargo, para poder realizarlo deben tener una abertura permanente de más de 1,5 m2.

 

Lidia Solís Jiménez 

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