DENOMINACIÓN
ECP2683_2: Aplicar tratamientos biocidas para el control de especies de aves perjudiciales para la actividad humana
Familia profesional: Seguridad y Medio Ambiente
Nivel: 2
CÓDIGO
ECP2683_2
ELEMENTOS DE LA COMPETENCIA
EC1 Preparar «in situ» las zonas donde se va a aplicar el tratamiento biocida con los artículos tratados, precursores y productos biocidas, utilizando los medios físico -químicos, químicos o biológicos en las zonas de actuación (espacios exteriores y edificacio nes -torres, fachadas, balcones, chimeneas, mechinales, locales, entre otras -) para el control de aves perjudiciales para la actividad humana conforme al programa de actuación elaborado por la persona responsable, adoptando las medidas de seguridad, salud y protección medioambiental.
- IC1.1 Las medidas de prevención de riesgos, apagado de sistemas de ventilación, restricción de acceso a usuarios, entre otros, se comprueban, verificando que han sido realizadas por el titular de la instalación.
- IC1.2 La zona de actuación se inspecciona visualmente, valorando la mejor localización donde colocar los dispositivos de seguridad y protección frente a riesgos laborales (máquinas elevadoras de personal, andamios, escaleras, línea de vida, sistemas y dispositivos anticaída, puntos de anclaje, barreras, cuerdas, arneses, equipos de respiración autónoma, entre otros), las medidas de compensación y de protección para especies protegidas o especies no diana (instalación de cajas nido/refugio, entre otras), y las herramientas y equipos para el tratamiento con biocidas.
- IC1.3 La ausencia de especies silvestres, con especial atención a las especies protegidas, en la zona de actuación se comprueba constatando en el programa de actuación que la zona no es Informe: Incual -Intranet hábitat de las mismas, y la observación con la ayuda de instrumental (prismáticos, telescopio terrestre, drones, cámaras fotográficas o videocámaras, entre otros), informando a la persona responsable en caso de su hallazgo, para solicitar los permisos pert inentes, en su caso, informar sobre los lugares de nidificación de especies silvestres o de especies de la cadena alimentaria de las mismas, y tomar medidas de protección y compensación (instalación de cajas nido/refugio, entre otras).
- IC1.4 Los dispositivos de seguridad y protección frente a riesgos (máquinas elevadoras de personal, andamios, escaleras, línea de vida, sistemas y dispositivos anticaída, puntos de anclaje, barreras, cuerdas, arneses, equipos de respiración autónoma, entre otros) se instalan, teniendo en cuenta las características de cada edificación o espacio, así como los posibles deterioros en la zona de actuación ocasionados por las especies de aves perjudiciales para la actividad humana.
- IC1.5 La zona de actuación se acondiciona mediante su limpieza exhaustiva, y en caso necesario mediante desinfección y/o desinsectación, manipulando para ello el material y productos biocidas autorizados para usuarios profesionales, según la normativa aplicable en materia de utilización de productos químicos y biocidas, clasificando y retirando los residuos generados por aves perjudiciales para la actividad humana (excrementos, restos de comida, restos impregnados con feromonas, entre otros) de acuerdo a la normativa aplicable sobre producción y gestión de residuos.
- IC1.6 La zona de actuación se señaliza en función del tipo de biocida, su peligrosidad y sistema de aplicación según las indicaciones establecidas en la ficha de seguridad (FDS) y autorización de registro del mismo, utilizando las medidas de protección del entor no correspondientes como señalizadores, placas, cintas perimetrales y balizamiento, entre otros, una vez eliminados los obstáculos que puedan dificultar la aplicación del tratamiento biocida.
- IC1.7 Los equipos de protección individual (EPI), así como del entorno, en caso necesario, se utilizan siguiendo las instrucciones del protocolo de seguridad, salud y medio ambiente correspondiente.
EC2 Comprobar el material y productos (maquinaria, aparatos, utensilios, accesorios, máquinas elevadoras de personal, drones, equipos de protección, artículos tratados, precursores y productos biocidas, entre otros) y los permisos o documentos legales (relacio nados con el material, productos y la prevención de riesgos) necesarios para la aplicación del tratamiento con los artículos tratados, precursores de sustancias y productos biocidas, según el programa de actuación elaborado por la persona responsable en fu nción de su ubicación (características del entorno, espacios confinados, trabajo vertical, trabajos en altura, entre otros), medidas de protección animal y riesgos para los operarios, la población y el entorno, siguiendo la normativa aplicable en materia d e seguridad, salud y protección medioambiental. Informe: Incual -Intranet
- IC2.1 La selección del material a utilizar durante la aplicación del tratamiento (pulverizadoras, nebulizadores, cebos, entre otras), así como la de los equipos de seguridad (arneses, cuerdas, escaleras, equipos de respiración autónoma, entre otros) se comprueba , cotejándolo con la información del programa de actuación y asegurando que se adecua a las características de la zona de actuación, los procedimientos a realizar y la especie de aves perjudiciales para la actividad humana a controlar.
- IC2.2 El estado del material a utilizar para la aplicación del tratamiento se revisa, verificando su operatividad, calibrado y la vigencia de su vida útil, incluyendo la disponibilidad de los dispositivos adecuados para su funcionamiento, en su caso, (enchufes, enganches, entre otros), sustituyendo los accesorios, en caso necesario.
- IC2.3 El estado del material de seguridad a utilizar durante la realización del trabajo (línea de vida, arneses, equipos de protección individual, equipos de respiración autónoma, cuerdas, entre otros), se comprueba, verificando su operatividad y la vigencia de su vida útil.
- IC2.4 El material con deficiencias o fuera de su vida útil se descarta, informando de esto a la persona responsable, así como de aquel que esté a punto de caducar o cuya fecha para la realización de su mantenimiento esté próximo a cumplir.
- IC2.5 Los artículos tratados, precursores de sustancias y productos biocidas a aplicar se comprueban, verificando que no estén deteriorados y que sigue vigente tanto su vida útil como la autorización de los mismos.
- IC2.6 Los permisos o documentos legales necesarios para la realización del trabajo (relacionados con el material, los productos o los riesgos para los operarios, la población y el entorno) en función de su ubicación, medidas de protección animal y la maquinaria/ aparataje a utilizar se comprueban, según las instrucciones indicadas en el procedimiento de trabajo e informando de su disponibilidad a la persona responsable.
EC3 Aplicar artículos tratados, precursores de sustancias y productos biocidas, utilizando los medios físico -químicos, químicos o biológicos en las zonas de actuación (espacios exteriores y edificaciones – torres, fachadas, balcones, chimeneas, mechinales, locales, entre otras -) para el control de especies de aves perjudiciales para la actividad humana conforme al programa de actuación elaborado por la persona responsable, confirmando que no afecten a especies no diana, cumpliendo la normativa aplicable regu ladora del uso de biocidas y adoptando las medidas de seguridad, salud y protección medioambiental.
- IC3.1 Los tratamientos con artículos tratados, precursores de sustancias y productos biocidas para el control de aves perjudiciales para la actividad humana, una vez comprobado que se ha efectuado un saneamiento exhaustivo (limpieza y desinfección/desinsectación, en caso necesario con biocidas de categoría de usuario profesional) se aplican en cantidad, Informe: Incual -Intranet concentración, periodicidad y sistema (pulverización, nebulización, aerosolización, cebos, entre otros) en ausencia de personas y animales no diana, en su caso, y una vez garantizado que los medios de protección del entorno y personal se han establecido, e vitando el riesgo de deriva o de pérdida, de acuerdo a las instrucciones de uso y medidas de mitigación de riesgo (plazo de seguridad, entre otros), considerando la especie de aves perjudiciales para la actividad humana a controlar.
- IC3.2 Los tratamientos que se llevan a cabo en ubicaciones/zonas en altura o suelo y subsuelo se efectúan, utilizando los medios de seguridad y de protección necesarios (líneas de vida, arneses, cuerdas, escaleras, andamios, barreras, sistemas dispositivos antic aída, equipos de respiración autónoma y máquinas elevadoras de personal, entre otros) y equipos de protección individual (EPI) y colectiva, y cumpliendo las medidas de seguridad del personal, así como del entorno exigidas por la normativa aplicable sobre l a realización de trabajos en altura y en espacios confinados.
- IC3.3 Los tratamientos para el control de especies de aves perjudiciales para la actividad humana que impliquen el uso de pulverización residual, nebulización, aerosolización, entre otros, se ejecutan de manera que la aplicación sea en las zonas y/o refugios o f ocos de colonización detectados, evitando la contaminación no deseada de otras superficies y/o espacios.
- IC3.4 Los tratamientos de control basados en el empleo de trampas con atrayentes alimenticios o feromonas y/o luminosos, entre otros, se instalan en número en función de la localización conforme al procedimiento establecido en el programa de actuación.
- IC3.5 Las precauciones especiales para evitar riesgos derivados de la realización de tratamientos con productos biocidas, utilizando medios físico -químicos, químicos o biológicos que tengan una elevada peligrosidad (toxicidad aguda categoría 1, 2 y 3, toxicidad especifica en determinados órganos categoría 1 tras exposición única y exposición repetida, sensibilización respiratoria categoría 1 y carcinogenicidad, mutagenicidad y toxicidad para la reproducción categoría 1 y los que sean y generen gases) se tom an, siguiendo las indicaciones de la etiqueta del producto así como de la autorización del biocida y del programa de actuación, utilizando los equipos de protección individual y del entorno, y en casos necesarios (gases fumigantes) también mediante la comp robación o medición ambiental interna y/o perimetral, con los equipos homologados y calibrados correspondientes.
- IC3.6 Los plazos de seguridad establecidos en las autorizaciones de los artículos tratados, precursores de sustancias y productos biocidas se respetan mediante la utilización de carteles avisadores, cintas perimetrales, sistemas de balizamiento, o cualquier otro medio que no permita acceder a la zona, locales, instalación a personas ni animales protegidos o no diana donde se haya realizado el tratamiento.
- IC3.7 La eficacia de los tratamientos realizados objeto de seguimiento se comprueba de forma visual (ejemplares muertos, heces, restos de alimentos, desperfectos, entre otros) de acuerdo a la frecuencia establecida por el programa de actuación, así como lo indic ado en la resolución de autorización del biocida utilizado. Informe: Incual -Intranet
- IC3.8 Los partes de trabajo, certificados de servicios o programa de autocontrol relativos al tratamiento con artículos tratados, precursores de sustancias y productos biocidas se cumplimentan en los formularios, incluyendo los contenidos con el nivel de detalle estipulado en la normativa aplicable y en los procedimientos de trabajo referidos a la prestación de servicios biocidas respectivamente, especificando los productos biocidas utilizados, la forma de aplicación, dosificación, tiempo de actuación y pla zo de seguridad (en su caso), entre otros, y anotando la información referente a las circunstancias e incidencias en la aplicación del tratamiento junto con las recomendaciones a seguir y cualquier otra información adicional que fuera exigible o convenient e.
- IC3.9 Los tratamientos biocidas con productos selectivos se aplican por la categoría de usuario establecida en la autorización, garantizando que no afecten a animales y/o especies no objetivo de la actuación, tanto por las características técnicas del producto a usar como por los procedimientos metodológicos para su colocación.
EC4 Acondicionar las zonas de actuación (espacios exteriores y edificaciones -torres, fachadas, balcones, chimeneas, mechinales, locales, entre otras -) donde se ha llevado a cabo el tratamiento con artículos tratados, precursores de sustancias y productos bioc idas, para el control de especies de aves perjudiciales para la actividad humana, clasificando y retirando los residuos generados y las aves encontradas muertas en los espacios donde se ha realizado dicho tratamiento y trasladando los ejemplares capturados vivos de acuerdo a los procedimientos de trabajo previstos, en condiciones de seguridad, salud y protección medioambiental.
- IC4.1 El material utilizado para la aplicación de artículos tratados, precursores de sustancias y productos biocidas, se recoge en su totalidad, una vez terminado el trabajo, comprobando que no queda ningún elemento fuera de lugar.
- IC4.2 Las zonas de actuación donde se ha realizado el tratamiento, susceptibles de entrar en contacto con personas, especies protegidas u organismos no diana, alimentos o piensos se sanean mediante su limpieza, y en caso necesario mediante su desinfección y desi nsectación utilizando el material y productos biocidas autorizados para la categoría de usuario profesional, según la normativa aplicable en materia de utilización de productos químicos y biocidas, (no utilizando vapor), para clasificar y retirar cualquier residuo, evitando así posibles migraciones y procediendo a su separación, marcado o retirada de acuerdo a los protocolos de trabajo previstos en el programa de actuación, y en su caso, respetando el plazo de seguridad de reentrada correspondiente pr eestablecido.
- IC4.3 Los residuos generados se recogen, teniendo en cuenta su posible identificación como «residuos peligrosos», utilizando medidas de bioseguridad, en su caso, (guantes, mascarillas, pinzas, entre otros) y clasificándolos en contenedores según su naturaleza pa ra su posterior recogida según la normativa aplicable sobre producción y gestión de residuos. Informe: Incual -Intranet
- IC4.4 Las especies de aves perjudiciales para la actividad humana encontradas muertas en la zona de actuación, tras el tratamiento se recogen, teniendo en cuenta su posible identificación como «residuos peligrosos», utilizando medidas de bioseguridad (guantes, mascarillas, pinzas, entre otros), para su posterior gestión de acuerdo a lo previsto en la normativa sobre residuos biológicos y químicos, y clasificación según códigos LER (Lista Europea de Residuos).
- IC4.5 Los ejemplares de aves perjudiciales para la actividad humana capturados vivos se trasladan a las instalaciones indicadas en el programa de actuación, garantizando el bienestar animal y las condiciones de seguridad y salud según la normativa aplicable en m ateria de protección animal durante el transporte.
- IC4.6 Las especies de aves perjudiciales para la actividad humana encontradas muertas y capturadas vivas en la zona de actuación, tras el tratamiento se evalúan, considerando su número, localización y ciclo de vida entre otros datos.
- IC4.7 Los procedimientos de acondicionamiento de la zona de actuación realizados se registran en los partes de trabajo, incluyendo la información referente a las circunstancias e incidencias en su aplicación.
- IC4.8 Los equipos de protección individual (EPI), así como del entorno, en caso necesario, se utilizan, siguiendo las instrucciones del protocolo de seguridad, salud y medio ambiente correspondiente.
CONTEXTO PROFESIONAL
Medios de producción
Equipos electrónicos de almacenamiento y toma -traslado de datos (tablets-PC, PDAs, ordenadores portátiles). Equipos de protección individual desechables o reutilizables según el caso (guantes, mascarillas, gafas de protección, mono, entre otros) y equipos de protección del entorno (carteles avisadores, cintas perimetrales, placas, señalizadores, material de balizamiento, entre otros). Equipos y herramientas necesarios para trabajos especiales como puedan ser en altura o en espacios confinados (líneas de vida, escaleras, cuerdas, arneses, máquinas elevadoras de personal, andamios, equipos de respiración, barreras, entre otros). Equipo básico de primeros auxilios. Aparatos e instrumental para la observación de aves: prismáticos, telescopios terrestres, drones, cámaras fotográficas, videocámaras, Informe: Incual -Intranet entre otros. Biocidas en sus diferentes formulaciones y preparados comerciales autorizados para el control de especies de aves perjudiciales para la actividad humana (TP15 y determinados TP19). Equipos de seguridad directamente o indirectamente relacionado s con la preparación (elementos de medición y de calibración) y con la aplicación de biocidas (pulverizadores, nebulizadores, entre otros) en sus diferentes formulaciones autorizadas (concentrados emulsionables, cebos, granulados, polvos esparcibles, gases, aerosoles, toallitas, entre otros). Dispositivos y elementos auxiliares de aplicación de biocidas (portacebos). Material y productos autorizados según la normativa aplicable en materia de utilización de productos químicos y biocidas, de categoría de usua rio profesional, para la limpieza, desinfección y desinsectación de espacios exteriores y edificaciones en el control de aves perjudiciales para la actividad humana mediante tratamientos biocidas. Contenedores de residuos.
Información utilizada o generada
Normativa relativa a protección medioambiental y a la planificación de la actividad preventiva. Normativa aplicable sobre protección de datos de carácter personal. Normativa aplicable referente a la protección animal durante el transporte. Normativa aplica ble referente a especies protegidas. Normativa aplicable referente a especies exóticas invasoras. Normativa aplicable referente a la protección y bienestar animal. Normativa aplicable referente a la utilización civil de aeronaves pilotadas por control remo to. Normativa aplicable referente a la protección/catalogación de edificios y fachadas. Normativa aplicable referente a protección del patrimonio histórico, artístico y cultural. Normativa aplicable referente a la obtención de permisos para el trabajo en altura, trabajo vertical y en espacios confinados. Normativa aplicable referente a la obtención de permisos para transporte de animales vivos, utilización de máquinas elevadoras de personal y drones, entre otros. Normativa de seguridad y salud aplicable en materia de trabajo vertical y en altura. Normativa aplicable referente a trabajos en espacios confinados. Normativa reguladora aplicable, de comercialización y uso de biocidas. Normativa aplicable sobre higiene y seguridad alimentaria y sistemas de Análisi s de Peligros y Puntos de Control Crítico (APPCC). Normativa reguladora aplicable referente a la capacitación para llevar a cabo tratamientos con biocidas. Normativa aplicable sobre residuos peligrosos (biológicos y químicos). Códigos LER (Lista Europea de Residuos). Informe técnico diagnóstico y plan de actuación. Órdenes o partes de trabajo. Instrucciones operativas, manuales y procedimientos normalizados de trabajo. Documentos de buenas prácticas profesionales. Manuales de manejo de los equipos de protec ción individual y del entorno. Manuales de procedimiento de actuación ante contingencias y emergencias. Manuales de procedimiento frente a incidencias, averías y riesgos. Manuales de seguridad y de uso de trampas y dispositivos de captura. Manuales de inst rucciones suministrados por el fabricante de equipos de aplicación. Resoluciones de autorizaciones de biocidas. Fichas de datos de seguridad. Documentación de acreditación para la realización de trabajos en altura, trabajo vertical, en espacios confinados, actuación en fauna protegida, conducción de máquinas elevadoras de personal, pilotaje de drones y utilización de equipos de respiración autónoma. Documentación relativa a la evaluación de riesgos profesionales (prevención de riesgos laborales y planes de coordinación de trabajos y de emergencias). Planos y cartografía temática técnicos de las instalaciones y espacios. Documentos o informes previos (antecedentes). Documentos de autorización, y de identificación personal y corporativa necesario para permitir los accesos y para la realización de ciertos trabajos. Registro de operaciones y trabajos realizados. Estándares de calidad. Normas de calidad para Informe: Incual -Intranet servicios de gestión de plagas. Normas de calidad sobre conservación del patrimonio cultural. Gestión integrada de plagas (IPM) para la protección del patrimonio cultural. Otras normas y documentos de calidad y medioambientales aplicables a la prestación d e servicios biocidas y/o al entorno de la clientela para los que se presta el servicio de control de aves perjudiciales para la actividad humana. Planes de mitigación de riesgos ambientales.
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