Juntas virtuales para mantener la seguridad de instalaciones y propietarios

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La paralización de las reuniones de las juntas de propietarios, derivada de la prevención del contagio del Covid-19, ha provocado un aumento de la preocupación en los sectores vinculados a las comunidades de vecinos y la seguridad en los edificios.

Solo en la Comunidad de Madrid se celebran mensualmente alrededor de 17.000 juntas de propietarios, existiendo más de 200.000 comunidades de vecinos de las cuales un 80% son gestionadas por los administradores de fincas colegiados. Sin embargo, la pandemia ha supuesto la suspensión de muchas de estas reuniones de manera presencial, por lo que muchos sectores han denunciado esta situación, principalmente los destinados a la elevación y la instalación.

La suspensión de estas reuniones conlleva que se haya paralizado la aprobación de numerosas medidas que garantizan la seguridad de las instalaciones o que repercuten directamente en la accesibilidad de los usuarios con problemas de movilidad. Además, esta paralización supone la pérdida de oportunidades en la solicitud de subvenciones que están actualmente vigentes para las comunidades de vecinos, a las que no se van a poder acoger por vencimiento de los plazos.

Para evitar que estas reuniones pudieran convertirse en focos de contagio, el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) solicitaba a principios de noviembre que las juntas de propietarios fueran aplazadas o, en su caso, realizadas de forma telemática. Sin embargo, actualmente la celebración de juntas virtuales no está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que los acuerdos que se adoptaran en ellas no tendrían cobertura legal. Por ello, los Administradores de Fincas Colegiados plantean una regulación oficial de las reuniones telemáticas en casos excepcionales, como el actual, acogiéndose al ejemplo de la legislación catalana que sí posibilita la realización de videoconferencias.

Desde CGCAFE aseguran que cumplir con los criterios establecidos por las autoridades sanitarias en encuentros presenciales de tales características no es posible, principalmente en lo que a ventilación de espacios cerrados se refiere. Entienden que con la declaración del Estado de Alarma actual se busca evitar situaciones de riesgo vinculadas a cualquier acto, evento social o familiar y también a reuniones, por lo que la organización presencial de juntas de vecinos no sería lo más conveniente.

A esta propuesta se han sumado otras asociaciones, con el fin de trasladar a la Administración la preocupación común por la paralización de los acuerdos en las comunidades de propietarios debido las medidas preventivas ante posibles contagios. Así, la Federación Empresarial Española de Ascensores (FEEDA), la Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores (CNI), la Confederación Nacional de Asociaciones de Instaladores y Fluidos (CONAIF) y la Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones de España (FENIE) se han unido para que las juntas de propietarios se puedan convocar, excepcionalmente, por medios telemáticos, a la espera de una nueva Ley de Propiedad Horizontal que lo incluya en su articulado.

Para resolver el problema, entienden que es necesaria una modificación del artículo 16 de la mencionada Ley, con el objetivo de permitir “que las juntas se puedan reunir y adoptar en ellas acuerdos por medio de videoconferencia o de otros medios de comunicación, aunque no lo prevean sus Estatutos, siempre que lo solicite el presidente, y de acuerdo con las reglas establecidas en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal”. Asimismo, se ha trasladado esta petición a la Subdirección General del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que, teniendo la competencia en materia de seguridad industrial, ha ofrecido su colaboración.

Ángela Martín Parrales

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