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El Consejo General del Poder Judicial calcula que en los cinco meses que lleva en vigor la ley del ‘sólo sí es sí’ se han beneficiado 646 delincuentes sexuales.

De todos ellos, 64 han sido excarcelados en aplicación de la revisión de condena.

El Poder Judicial ha recabado los datos a partir de la información facilitada por el Tribunal Supremo, las Audiencias Provinciales y los Tribunales Superiores de Justicia.

Este cálculo provisional ha sido elaborado por el CGPJ a partir de los datos facilitados por el Tribunal Supremo, los tribunales superiores de justicia autonómicos y las audiencias provinciales.

Fuentes jurídicas han señalado que los datos facilitados corresponden a aquellas sentencias ya revisadas que han experimentado una reducción de penas.

Además, se proporcionarán datos de sentencias dictadas bajo la vigencia de la nueva ley del ‘solo sí es sí’. A su vez, por delitos cometidos con la anterior ley y cuya pena se ve favorecida por la retroactividad.

El CGPJ acordó en Pleno solicitar ahora a los TSJ y a las audiencias provinciales las resoluciones dictadas en relación con la aplicación de la ley.

Las numerosas reducciones de penas a acusados de agresión sexual llevó al gobierno a plantear una reforma de la ley impulsada. A pesar de todo ello, hay diversas opiniones dentro del propio gobierno.

El núcleo de la polémica es que esta ley entiende que todo acto sexual sin el consentimiento de la otra persona es una agresión. Esto implica lo que ha supuesto la desaparición del delito de abuso antes previsto para agresiones sin violencia. Abriendo la puerta a una posible reducción de algunas penas mínimas que antes recibían la calificación de abuso sexual.

Con la nueva norma, la pena menor del delito de agresión ha quedado por ejemplo en cuatro años, frente a los seis contemplados anteriormente en el Código Penal.

 

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Pedro Paz García

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