912 171 879

Categorías

Denominación

Tripulación de cabina de pasajeros

Código

TMV765_3

Otra información de interés

Familia profesional: Transporte y Mantenimiento de Vehículos
Nivel de cualificación profesional: 3
Cualificación profesional de referencia: RD 1789/2011

Relación de unidades de competencia que configuran el certificado de profesionalidad

UC2556_3: Mantener/reparar los motores de helicópteros con turbina de gas
UC2553_3: MANTENER/REPARAR PALAS, ROTORES Y SISTEMAS DE INDICACIÓN DE HELICÓPTEROS
UC2557_3: Mantener/reparar la Unidad de Potencia Auxiliar (APU), componentes del sistema de combustible y sistemas auxiliares de helicópteros con motor de turbina
UC2558_3: Mantener/reparar los sistemas hidráulicos y neumáticos y aire acondicionado de helicópteros con motor de turbina
UC2555_3: MANTENER/REPARAR LOS MANDOS DE VUELO Y TREN DE ATERRIZAJE DE
HELICÓPTEROS
UC2540_3: MANTENER LOS SISTEMAS ELÉCTRICOS, DE AVIÓNICA Y A BORDO DE LAS AERONAVES
UC2539_3: MANTENER/REPARAR LA ESTRUCTURA Y LA CÉLULA DE AERONAVE

Competencia general

Realizar el mantenimiento programado, no programado y correctivo en los helicópteros con motor de turbina, planta de potencia, Auxiliary Power Unit APU, los sistemas de la aeronave, sus componentes y estructura, en actividades de mantenimiento en línea, mantenimiento en base, fabricación, ensamblaje y talleres de componentes, interpretando los manuales de mantenimiento de la aeronave y componentes, documentación técnica, ordenes de trabajo, directivas de aeronavegabilidad y partes de vuelo, aplicando la normativa indicada por la Aviación civil y militar, nacionales e internacionales, la
Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), utilizando la lengua inglesa cuando proceda, cumpliendo el plan de prevención sobre riesgos laborales y medioambientales y, participando en la gestión del mismo, colaborando y/o controlando partes de su logística, decidiendo en ciertos casos sobre las condiciones de puesta en servicio de la aeronave en su conjunto, como de sus componentes; todo ello sin perjuicio de lo establecido en la normativa sectorial vigente.

Entorno profesional

Ámbito Profesional
Desarrolla  su  actividad  profesional  en  el  área  Aeronáutica,  en  el  departamento  de  mantenimiento  y  reparación  de  helicópteros  con  motor  a  turbina,  en  entidades  de  naturaleza  pública  o  privada,  en  empresas  de  cualquier  tamaño,  tanto  por  cuenta  propia  como  ajena  con  independencia  de  su  forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior.  Puede  tener  personal  a  su  cargo  en  ocasiones,  por  temporadas  o  de  forma  estable.  Su  actividad  profesional  está  sometida  a  regulación.  En  el  desarrollo  de  la  actividad  profesional  se  aplican  los  principios de accesibilidad universal y diseño universal o diseño para todas las personas de acuerdo con  la normativa aplicable.

Sectores Productivos
Se  ubica en el  sector  productivo  del  transporte aéreo  (personas y mercancías),  tanto  para la aviación  general  y  militar,  en  el  subsector  de  mantenimiento  y  reparación,  construcción  y  ensamblaje  de  aeronaves.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes
Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.

  • Técnicos de mantenimiento aeronáutico (con licencia EASA parte 66 con subcategoría b1.3 y sin capacidad certificadora)
  • Técnicos de mantenimiento aeronáutico (con licencia EASA parte 66 con subcategoría a3 y certificador autorizado por la organización de mantenimiento parte 145)
  • Jefes de producción de mantenimiento de base (hangar), mantenimiento de línea (rampa), motores, taller de accesorios o taller de ensayos no destructivos de helicópteros con motor de turbina (con licencia EASA parte 66 con subcategoría b1.3 y certificadores autorizados por la organización de mantenimiento EASA parte 145)
  • Responsables de almacén y logística para el mantenimiento aeronáutico (con o sin licencia EASA parte 66)
  • Jefes de equipo de mantenimiento de base (hangar), mantenimiento de línea (rampa), motores, taller de accesorios o taller de ensayos no destructivos de helicópteros con motor de turbina (con licencia EASA parte 66 con subcategoría b1.3 y certificador autorizado por la organización de mantenimiento parte 145, o sin licencia EASA parte 66)
  • Técnicos de mantenimiento aeronáutico (con licencia EASA parte 66 con subcategoría b1.3 y certificador autorizado por la organización de mantenimiento parte 145)
  • Técnicos de mantenimiento aeronáutico (sin licencia EASA parte 66)

Requisitos necesarios para el ejercicio profesional

Los establecidos según la legislación vigente publicados en las normativas y decretos de cada una de las Comunidades Autónomas de España.

Duración de la formación asociada

2.400 horas

Relación de módulos formativos y de unidades formativas

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    • Cubierta del libro LA NORMATIVA EN EL MANTENIMIENTO INDUSTRIAL

      LA NORMATIVA EN EL MANTENIMIENTO INDUSTRIAL: SECTOR AEROESPACIAL

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