Categorías

Denominación

Colaborar en la realización de necropsias clínicas o médico legales, bajo la supervisión del facultativo.

Código

UC0376_3.

Descripción

Unidad de competencia UC0376_3 – Colaborar en la realización de necropsias clínicas o médico legales, bajo la supervisión del facultativo.

¿Qué voy a aprender a hacer?

RP 1: Registrar los datos del cadáver, para su identificación, según los protocolos previamente establecidos, verificando que se cumple la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de protección de datos.
  • CR 1.1 El cadáver se recibe, comprobando que se adjuntan todos los documentos necesarios que permitan la realización de la necropsia.
  • CR 1.2 El cuerpo se identifica comprobando que se corresponde con el de la documentación aportada.
  • CR 1.3 La recepción y la aceptación del cadáver se registran según los protocolos del servicio, respetando la normativa aplicable.
  • CR 1.4 El código de uso habitual en el servicio se asigna a toda la documentación generada durante el proceso de la autopsia.
  • CR 1.5 Los efectos personales, o aquellos que se deban especificar, se registran procediendo a su custodia.
  • CR 1.6 Las incidencias surgidas se registran según los protocolos establecidos, comunicándolas al personal responsable.
RP 2: Colaborar en la realización de las necropsias clínicas o forenses, de adultos y pediátricas, siguiendo los protocolos establecidos, las indicaciones del patólogo/forense para verificar que se cumple la normativa aplicable.
  • CR 2.1 El instrumental, la vestimenta y los equipos de protección individual se seleccionan según el protocolo establecido y la normativa aplicable.
  • CR 2.2 El cadáver se verifica, comprobando que se encuentra preparado y colocado sobre la mesa de autopsias según el protocolo a seguir.
  • CR 2.3 Las características antropológicas e individuales del cadáver se registran en los soportes establecidos (papel, informáticos, entre otros).
  • CR 2.4 La autopsia se realiza, siguiendo las indicaciones del patólogo o forense tratando el cuerpo en ambiente de respeto y según el objetivo establecido (de diagnóstico etiológico, patogénico, histológico y clínico en la autopsia clínica y con el fin de deducir las consecuencias jurídicas en la médico-legal).
  • CR 2.5 Los fetos procedentes de interrupciones legales del embarazo y abortos espontáneos se estudian, junto con su placenta, en caso de disponer de ella.
  • CR 2.6 Los cadáveres pediátricos se autopsian con o sin apertura craneal, según indicación clínica.
  • CR 2.7 Las imágenes de los cadáveres y órganos lesionados se registran en los soportes establecidos (fotografías, vídeos, entre otros), con fines legales, diagnósticos, docentes o investigadores.
  • CR 2.8 Los hallazgos y hechos relevantes se registran, siguiendo los protocolos establecidos y las indicaciones del patólogo/forense.
RP 3: Recomponer el cadáver gestionando las muestras procedentes de la evisceración para su envío a los laboratorios pertinentes, siguiendo los protocolos establecidos, las indicaciones del patólogo/forense y verificando que se cumple la normativa aplicable.
  • CR 3.1 Los órganos procedentes de la evisceración del cadáver se miden y pesan, registrando los datos según los procedimientos establecidos.
  • CR 3.2 Las muestras para el banco de tejidos se recogen, congelándolas para su conservación o en caso de requerirse cortes por congelación para diagnóstico rápido, así como para pruebas de toxicología y otros.
  • CR 3.3 Las muestras se envían a otras áreas (genética, hematología, microbiología, técnicas especiales, entre otras), teniendo en cuenta la orientación diagnóstica en el caso de las autopsias clínicas, siguiendo las indicaciones del patólogo/forense.
  • CR 3.4 Las muestras de autopsias forenses se envían a los laboratorios de medicina legal, en caso de que el patólogo/forense lo considere oportuno.
  • CR 3.5 Los órganos diseccionados se transportan a la sala de estudio macroscópico en el recipiente y el medio establecidos, identificándolos previamente según protocolos establecidos.
  • CR 3.6 El cadáver se recompone al finalizar la necropsia, según la técnica indicada por el patólogo/forense y el destino del mismo.
  • CR 3.7 El material no fungible se limpia, desinfectando el reutilizable, esterilizándolo en caso requerido, eliminando el desechable y siguiendo los protocolos de gestión de residuos sanitarios.
  • CR 3.8 La sala de autopsias se ordena, reponiendo y preparando el material requerido para una próxima utilización.
RP 4: Asistir al patólogo/forense en el estudio macroscópico de los órganos y vísceras necrópsicas y en el procesado de las piezas requerido para posteriores estudios, siguiendo los protocolos establecidos y verificando que se cumple la normativa aplicable.
  • CR 4.1 Las lesiones, signos y aparatos de atención médica observados se registran en los soportes establecidos (papel, informáticos, entre otros).
  • CR 4.2 Los aparatos de atención médica encontrados en el cadáver se extraen procediendo a su limpieza y desinfección en caso requerido.
  • CR 4.3 Las características físicas y las alteraciones morfológicas observadas se registran en el soporte requerido.
  • CR 4.4 Los órganos objeto de estudio posterior se tallan, seleccionando las muestras según los protocolos de trabajo.
  • CR 4.5 Las piezas necrópsicas se introducen en los recipientes y el medio de conservación indicado para su posterior procesado (inclusión, descalcificación, entre otros) y en función del tejido específico.
  • CR 4.6 Las piezas necrópsicas se identifican en cuanto a código y tipo tisular, según el sistema establecido en el centro.
  • CR 4.7 Las muestras que requieran análisis de material genético para biología forense se someten a técnicas de microdisección láser.
  • CR 4.8 Los procesos realizados sobre las piezas talladas se registran en las hojas de trabajo o soporte informático correspondiente.
  • CR 4.9 Los recipientes con las piezas, los bloques y las preparaciones histológicas se archivan según los protocolos establecidos.
  • CR 4.10 Los datos de la autopsia clínica se registran en la comisión de mortalidad cumpliendo la normativa aplicable.

Contexto profesional

Medios de producción:

Mobiliario. Equipo e instrumental de necropsias. Dictáfono. Equipos de fotografía y vídeo. Contenedores de piezas. Líquidos conservantes, fijadores y descalcificantes. Cadáver (órganos y vísceras del mismo). Criostato. Microscopio de micro-disección láser.

Productos y resultados:

Datos del cadáver registrados. Necropsias clínicas o forenses, de adultos y pediátricas realizadas, asistiendo al patólogo/forense. Cadáver recompuesto tras la autopsia en función de su destino posterior (exposición, autopsia judicial, cremación, entre otros). Estudio macroscópico de los órganos y vísceras necrópsicas asistido y piezas de órganos y vísceras identificadas, registradas y archivadas.

Información utilizada o generada:

Protocolo normalizado en la realización de la necropsia. Protocolos de conservación, fijación y descalcificación de las piezas obtenidas. Distribución de las piezas. Procedimientos normalizados de limpieza de material y equipos. Solicitud de la necropsia. Autorización de la necropsia y, si fuera preciso, de la apertura craneal. Datos de identificación del cadáver. Historia clínica. Documentación fotográfica y videográfica de la autopsia. Bibliografía especializada. Libro de incidencias. Normativa aplicable sobre: sistema sanitario, ordenación de profesiones sanitarias, protección de datos de carácter personal, prevención de riesgos laborales, autonomía del paciente, derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, cohesión y calidad del sistema sanitario, garantía de calidad, Institutos de Medicina Legal, autopsias judiciales, entre otras.

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