Analizar las características anatomosensoriales auditivas.
UC0383_3.
Unidad de competencia UC0383_3 – Analizar las características anatomosensoriales auditivas.
RP 1: Interpretar el diagnóstico, la prescripción facultativa y/o recomendación de prótesis auditiva, para efectuar posteriormente el análisis de las características anatomo-funcionales del oído, informando al paciente y a sus acompañantes del proceso a seguir, según protocolos establecidos y normativa aplicable.
- CR 1.1 La prescripción facultativa se interpreta, verificando que no existen contraindicaciones para una adaptación protésica.
- CR 1.2 La información sobre el proceso de adaptación de una prótesis auditiva y/o de una ayuda técnica complementaria, se proporciona al paciente y sus acompañantes, siguiendo protocolos establecidos.
- CR 1.3 La comprensión, por parte del paciente, de las exploraciones y pruebas requeridas para una adaptación protésica, se comprueba, (dirigiéndose a él en un tono de intensidad superior al umbral esperado, a través de cascos o auriculares, entre otros métodos), consiguiendo su colaboración en las pruebas subjetivas, así como su no intervención en las objetivas, según protocolos establecidos.
RP 2: Recopilar información del paciente susceptible de intervención audio-protésica, para identificar sus necesidades y establecer posibles objetivos, según protocolos establecidos y normativa aplicable.
- CR 2.1 Los datos personales del paciente se recogen, registrándolos mediante sistemas informáticos.
- CR 2.2 Las exploraciones o informes aportados por el paciente se copian, adjuntándolos al historial.
- CR 2.3 Los datos sobre la pérdida auditiva u otros problemas auditivos referidos por el paciente, se recopilan, según protocolos establecidos.
- CR 2.4 Las necesidades del paciente se identifican, estableciendo posibles objetivos en base a dichas necesidades.
RP 3: Analizar la funcionalidad del oído medio, para estimar la repercusión de los resultados obtenidos sobre la capacidad auditiva del paciente, según protocolos establecidos y normativa aplicable.
- CR 3.1 La exploración otoscópica del oído externo y medio, se efectúa, según protocolo establecido.
- CR 3.2 La impedanciometría (timpanometría y estudio del reflejo estapedial), se realiza, para valorar la funcionalidad del oído medio, siguiendo el protocolo de actuación.
- CR 3.3 La timpanometría, se efectúa, en función de la presión ejercida en el conducto auditivo externo, según protocolos establecidos.
- CR 3.4 El estudio del reflejo estapedial, se realiza, con estimulaciones acústicas de intensidad elevada, según protocolos establecidos.
- CR 3.5 Las pruebas de permeabilidad tubárica, se efectúan con el impedanciómetro, para el análisis funcional de la trompa auditiva, según protocolos establecidos.
- CR 3.6 Los resultados funcionales obtenidos del análisis del oído, se interpretan, evaluando la posible repercusión de los mismos sobre la capacidad auditiva del paciente.
RP 4: Realizar pruebas físico-acústicas y psico-acústicas para la evaluación de posibles pérdidas auditivas, según protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
- CR 4.1 Los umbrales tonales liminares, se obtienen, por vía aérea y vía ósea, y los supraliminares por vía aérea, según protocolos establecidos.
- CR 4.2 Los datos sobre el reparto de la dinámica auditiva, se obtienen, aplicando, en su caso, audiometría de sensación.
- CR 4.3 Los datos sobre el grado de inteligibilidad del habla, se obtienen mediante pruebas de audiometría vocal específicas.
- CR 4.4 Las pruebas físico-acústicas objetivas, se realizan, registrando los resultados obtenidos (otoemisiones acústicas y potenciales evocados auditivos).
- CR 4.5 El poder de discriminación auditiva en el tiempo, se verifica, mediante pruebas audiométricas de discriminación temporal.
- CR 4.6 La información sobre los resultados de las pruebas físico-acústicas y psico-acústicas se proporciona al paciente y/o a sus familiares, de manera accesible, clara y precisa.
RP 5: Efectuar pruebas vestibulares, para realizar la evaluación del funcionamiento vestibular, según protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
- CR 5.1 Los signos espontáneos de desequilibrio se observan, según protocolos establecidos.
- CR 5.2 Las pruebas de estimulación térmica y rotatoria (nistagmografía) y otras pruebas vestibulares, se realizan, según protocolos establecidos.
- CR 5.3 Los resultados obtenidos en las pruebas vestibulares, se representan en el formato requerido.
- CR 5.4 Las pruebas de control de la evolución del paciente (posturografía dinámica computerizada, entre otras), se efectúan, para medir los resultados de la rehabilitación vestibular, según protocolos establecidos.
RP 6: Efectuar pruebas acufenométricas, para la caracterización de acúfenos, según protocolos establecidos y normativa aplicable.
- CR 6.1 La presencia de hiperacusia, se valora, en base a la información recogida en la anamnesis, y a la información obtenida en las pruebas psico-acústicas supraliminares tonales vía aérea.
- CR 6.2 El diagnóstico del médico especialista, se analiza, verificando que no existen causas orgánicas que justifiquen hiperacusia y/o acúfenos.
- CR 6.3 El grado de incapacidad que provoca el/los acúfeno/s y la hiperacusia, en el paciente, se valora en base a la información obtenida.
- CR 6.4 Las pruebas tonales liminares, vía aérea (VA) y vía ósea (VO), supraliminares (VA) y logoaudiometría, previas a las pruebas acufenométricas, se realizan, según protocolos establecidos.
- CR 6.5 La caracterización del acúfeno se obtiene a partir de las pruebas acufenométricas y los cuestionarios subjetivos correspondientes.
- CR 6.6 La intensidad y frecuencia del o de los acúfeno/s, se determina, mediante pruebas específicas.
- CR 6.7 La mínima intensidad sonora, para enmascarar los acúfenos, se detecta mediante pruebas específicas.
- CR 6.8 La inhibición residual en acúfenos, se determina, según protocolos establecidos.
- CR 6.9 La información sobre los resultados de las pruebas acufenométricas, se proporciona al paciente, de manera clara y precisa.
Medios de producción:
Otoscopio. Impedanciómetro. Cabina audiométrica. Sala campo libre. Audiómetro tipo I. Amplificador de potencia y altavoces externos. Reproductor de audio. Nistagmógrafo. Aparato de medida en oído real (REM). Aparato de PEATC y PEAee (Potenciales Auditivos de Tronco Cerebral y Potenciales Evocados Auditivos de estado estable). Ordenador. Otros equipos para realización de pruebas físico-acústicas y psico-acústicas. Software para intervención en caso de DPAC (Desordenes del Procesamiento Auditivo Central). Sistemas para intervención en acufenometría e hiperacusia. Equipo de otoemisiones. Sonómetro. Multímetro.
Productos y resultados:
Documentación del facultativo, interpretada. Paciente y/o acompañantes informados y conformes con el proceso a seguir. Datos del paciente, recopilados. Funcionalidad del oído medio, analizada. Pruebas físico-acústicas y psico-acústicas, realizadas. Pruebas vestibulares, efectuadas. Pruebas acufenométricas, realizadas.
Información utilizada o generada:
Resultados de pruebas del oído medio. Resultados de pruebas físico-acústicas y psico-acústicas. Resultados de pruebas vestibulares. Resultados de pruebas acufenométricas. Protocolos de exploración auditiva. Bibliografía especializada para exploración anatómica y funcional del oído. Manuales técnicos de uso y mantenimiento de aparatos y equipos. Normativa aplicable sobre: sistema sanitario, productos sanitarios, ordenación de profesiones sanitarias, ordenación de establecimientos sanitarios, diseño y accesibilidad universal, derechos de las personas con discapacidad, protección de datos de carácter personal, prevención de riesgos laborales, derechos y obligaciones del paciente en materia de información y documentación clínica, ayudas y subvenciones para la creación de una empresa, calidad, derechos del consumidor, publicidad, servicios vía internet, homologaciones, medicamentos, entre otras.
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