El curso se centra en capacitar a los participantes para identificar y controlar los riesgos físicos presentes en el entorno laboral. Se abordan aspectos como la evaluación de condiciones ambientales, la prevención de accidentes y la implementación de medidas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en su lugar de trabajo.

Denominación

Evaluar y controlar los riesgos físicos relacionados con el ambiente de trabajo

Código

UC0410_3

Perteneciente al certificado de profesionalidad: SEA131_3 – Prevención de riesgos laborales

Descripción

UNIDAD DE COMPETENCIA(UC3): Evaluar y controlar los riesgos físicos relacionados con el ambiente de trabajo

Capacidades y criterios de evaluación

Realizaciones profesionales

RP1 Identificar los riesgos debidos a los agentes físicos (ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones ionizantes y no ionizantes) presentes en el ambiente de trabajo, según el proceso de producción para evitar daños (golpes de calor, entre otros) en los trabajadores (radiaciones ionizantes, trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada -locales a presión, submarinismo-, entre otros).

  • CR1.1: Los agentes físicos presentes en el ambiente de trabajo, se detectan en función de la presencia variables de este tipo, vinculadas a las características contempladas en los procesos de producción de la empresa.
  • CR1.2: Las situaciones de riesgo derivadas de la génesis de agentes físicos se detectan, consultando inicialmente los manuales del fabricante del equipo, mediante la observación en campo durante la realización de la tarea y a los trabajadores sobre su puesto de trabajo, revisando las instalaciones, los materiales y los equipos de trabajo, valorando las desviaciones de los requisitos fijados en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa.
  • CR1.3: Los métodos y procedimientos de trabajo, se verifican contrastándolos con los valores recogidos en la normativa aplicable de riesgos laborales, a fin de obtener un perfil del nivel de cumplimiento, para valorar si procede y efectuar correcciones.
  • CR1.4: Las situaciones de riesgos se identifican recabando información no confidencial al servicio médico de la empresa sobre la aparición de alteraciones de la salud relacionadas con la exposición a agentes físicos.

RP2 Efectuar las pruebas cualitativas y cuantitativas “in situ” de los agentes físicos, mediante las técnicas, instrumental y protocolos establecidos en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

  • CR2.1: El nivel de los agentes físicos ambientales (ruido, vibraciones, ambiente térmico, radiaciones ionizantes y no ionizantes) se determina, según las técnicas y equipo específicos establecido para cada tipo.
  • CR2.2: La propuesta de análisis más precisa a llevar a cabo por servicios externos, para determinar los niveles de contaminantes físicos se realiza cuando lo requieren los resultados primarios obtenidos.
  • CR2.3: La puesta en marcha, el calibrado, el control y el mantenimiento de los equipos de medición, se efectúa manipulando los elementos que posibilitan cambio en su funcionamiento, según las instrucciones de manejo, fiabilidad y exactitud de los mismos.

RP3 Valorar los riesgos por exposición a agentes físicos, llevando a cabo la toma de datos, contraste con los estándares, entre otros para determinar posibles actuaciones a realizar.

  • CR3.1: Los riesgos por exposición a agentes físicos se evalúan interviniendo en el contraste de los resultados obtenidos y los valores que determina la normativa aplicable de riesgos laborales.
  • CR3.2: Los riesgos por exposición a agentes físicos se evalúan interviniendo en la ponderación de los mismos, según la gravedad de las consecuencias, para la salud humana.
  • CR3.3: La detección de un riesgo inminente se comunica a los trabajadores a través de los canales establecidos en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, garantizando la trazabilidad de la información.
  • CR3.4: Los resultados de la evaluación de los riesgos por exposición a agentes físicos, las incidencias, el puesto de trabajo y los trabajadores afectados, se registran utilizando el soporte y los canales establecidos en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales, garantizando la trazabilidad de la información.

RP4 Gestionar medidas preventivas a aplicar para eliminar o reducir los riesgos físicos, a partir de los datos obtenidos relativos a las condiciones de la empresa y los trabajadores.

  • CR4.1: Las actuaciones preventivas para el control de los riesgos físicos se priorizan, aplicando los principios establecidos en el protocolo en cuanto a prevención, protección colectiva y protección individual, valorando su oportunidad y efectividad.
  • CR4.2: Las medidas preventivas propuestas en la prevención de riesgos laborales, se elaboran considerando las debilidades del sistema existente y lo establecido en la normativa aplicable.
  • CR4.3: Los métodos y procedimientos de trabajo se modifican, según los riesgos físicos detectados.
  • CR4.4: Las medidas preventivas propuestas por especialistas y/u organismos y/o entidades especializadas para eliminar o reducir los riesgos físicos, se gestionan interviniendo en el desarrollo y aceptación de las mismas, si procede.

RP5 Intervenir en la implantación y vigilancia de las medidas preventivas aplicadas a los riesgos físicos y en las modificaciones informando, asesorando a los trabajadores y estableciendo programas de control, para mejorar su eficacia.

  • CR5.1: Las modificaciones y exigencias de la normativa, en la prevención de riesgos físicos, relacionadas con los procedimientos de trabajo, se transmiten a los trabajadores por escrito o por otro medio verificable.
  • CR5.2: Los riesgos provocados por la aplicación de las normas y procedimientos en el trabajo, se comunican al personal afectado, por escrito o por otro medio verificable a fin de asesorar a los trabajadores para su prevención.
  • CR5.3: La información sobre el seguimiento de las medidas adoptadas por la gravedad del riesgo se transmite a la dirección de la empresa por escrito o por otro medio verificable.
  • CR5.4: Los programas de control se establecen en función de la presencia y los niveles de los agentes físicos en la actividad, los métodos y condiciones de trabajo de los trabajadores expuestos, las modificaciones en cuanto a las materias utilizadas, y los métodos y procedimientos de trabajo que afecten a las medidas preventivas implantadas.
  • CR5.5: Las desviaciones detectadas en relación a la normativa, según las medidas preventivas implantadas, se comunican a la persona responsable, por escrito o por otro medio verificable.
  • CR5.6: Las medidas preventivas adoptadas en relación a los agentes físicos, se modifican, contrastando posibles propuestas/soluciones para corregir las desviaciones detectadas y/o mejorar su eficacia.

RP6 Controlar la utilización de los Equipos de Protección Individual (EPI) frente a los riesgos físicos promoviendo su utilización para evitar daños a la salud de los trabajadores.

  • CR6.1: Los Equipos de Protección Individual (EPI) se establecen, según el agente físico al que está expuesto el trabajador, una vez descartada la posibilidad de implantación de otras medidas de prevención o de protección colectiva.
  • CR6.2: La utilización de los Equipos de Protección Individual (EPI) se comprueba garantizando su realización de acuerdo a la actividad laboral que se practica y a las normas establecidas en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
  • CR6.3: La conservación de los Equipos de Protección Individual (EPI) se comprueba realizando ensayos para asegurar el mantenimiento de sus características técnicas.
  • CR6.4: Las anomalías en el uso de los Equipos de Protección Individual (EPI), se comunican por los canales establecidos en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales tanto a la persona responsable como a los trabajadores afectados, garantizando la trazabilidad de la información.
  • CR6.5: La entrega y reposición de los Equipos de Protección Individual (EPI) se controla verificando su disponibilidad y estado de uso de acuerdo al Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
  • CR6.6: La formación e información accesible y adaptada a los trabajadores sobre el uso de los Equipos de Protección Individual (EPI), se efectúa de forma teórica y práctica antes de realizar los trabajos, de tal manera que garanticen su recepción y comprensión.

Contexto profesional

Medios de producción:

Equipos y métodos para hacer estimaciones de riesgo (sonómetros, dosímetros, termómetros, luxómetro y los medidores de radiaciones, vibraciones, hogrómetros, equipos de medición directa, entre otros) Equipos de Protección Individual (EPI).

Productos y resultados:

Riesgos debidos a los agentes físicos detectados. Pruebas cualitativas y cuantitativas “in situ” de los agentes físicos efectuadas. Intervención en la evaluación de los riesgos por exposición a agentes físicos. Intervención en la propuesta de las medidas preventivas a aplicar para eliminar o reducir los riesgos físicos. Intervención en la implantación y vigilancia de las medidas preventivas aplicadas a los riesgos físicos. Utilización de los Equipos de Protección Individual (EPI) controlada.

Información utilizada o generada:

Reglamentación general y específica relacionada con: locales, equipos e instalaciones. Reglamentación general y específica relativa al proceso productivo: Normas internas de seguridad. Protocolos y procedimientos de trabajo. Normativa aplicable. Diagrama del proceso productivo y del sistema de control. Reglamentación general y específica relativa a los medios y productos empleados al proceso productivo. Manual de instrucciones de los equipos de toma de muestras, de ensayo o análisis. Prescripciones técnicas de: las máquinas, los equipos y los Equipos de Protección Individual (EPI). Información generada por el sistema de prevención de riesgos laborales: lista de riesgos ambientales y su frecuencia. Incidencias detectadas de patologías relacionadas con los riesgos físicos. Evaluación de riesgos. Encuesta higiénica. Informe higiénico.

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