UC2039_3: Programar las actividades de la sala de yoga de acuerdo a la programación general de referencia

UC2038_3: Ejecutar las técnicas específicas del yoga con eficacia y seguridad

UC2039_3: Programar las actividades de la sala de yoga de acuerdo a la programación general de referencia

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Denominación

UC2039_3: Programar las actividades de la sala de yoga de acuerdo a la programación general de referencia

Código

Descripción

UNIDAD DE COMPETENCIA 3 (UC3): Programar las actividades de la sala de yoga de acuerdo a la programación general de referencia

Capacidades y criterios de evaluación

Realizaciones profesionales y criterios de realización:

RP1: Realizar el análisis diagnóstico del contexto de intervención para desarrollar, optimizar y ajustar la programación de actividades de la sala de yoga, para diferentes tipos de practicantes, según las técnicas previstas en la programación de referencia y atendiendo a criterios de accesibilidad.
  • CR1.1: La documentación e información acerca de las características del grupo de practicantes (edad, naturaleza de la demanda, necesidades terapéuticas, género, tratamientos médicos y/o farmacológicos, entre otros) se recopila y se selecciona, utilizando las técnicas descritas en la programación general de referencia para agrupar a los practicantes según los criterios, objetivos previstos y atendiendo a criterios de accesibilidad.
  • CR1.2: La programación general de referencia de la entidad, instalación y/o centro, se interpreta identificando las directrices expresadas en la misma para la elaboración de la programación de la sala de yoga.
  • CR1.3: Las características del grupo de practicantes se identifican, analizando la documentación recopilada y las técnicas previstas en la programación general de referencia y de forma diferenciada:
    – Los recursos que intervienen en un accidente o situación de emergencia se encuentran disponibles.
    – Nivel de condición física.
    – Nivel de condición biológica.
    – Intervalo de edad.
    – Estilo de vida de los practicantes.
    – Historia de la salud de los practicantes.
    – Grado de autonomía personal.
    – Diferencias de comunicación.
    – Necesidad de apoyos físico, emocional y/o psicológico.
    – Origen de la demanda del servicio (individual, en nombre de terceros, organizaciones, otros profesionales de la salud, entre otros).
  • CR1.4: Los recursos humanos, disposición horaria, instalaciones, medios y material auxiliar se analizan definiendo sus posibilidades, límites y posibles riesgos en su uso y atendiendo a criterios de accesibilidad, para el desarrollo de la actividad.
  • CR1.5: Los resultados del análisis diagnóstico se registran en el soporte físico fácil de usar y previsto para tal fin, jerarquizando las referencias clave, para que permita la aplicación funcional y operativa de los mismos.
RP2: Determinar los objetivos de la programación de la sala de yoga para satisfacer las necesidades y expectativas, conforme a las demandas y análisis diagnóstico del contexto de intervención, reorientándolos en su caso, para atender a los diferentes tipos de practicantes y atendiendo a criterios de accesibilidad.
  • CR2.1: La información obtenida en el análisis diagnóstico se utiliza como premisa en la determinación, secuenciación, ajuste y/o redefinición de los objetivos a alcanzar por el grupo de practicantes.
  • CR2.2: Los objetivos de la programación de la sala y los de cada una de las sesiones se determinan de acuerdo a las directrices y criterios de la programación general de referencia, para alcanzar los objetivos generales previstos, garantizar la práctica segura y atendiendo a criterios de accesibilidad, al tiempo que permitan:
    – Dar respuesta a los intereses del grupo de practicantes teniendo en cuenta sus necesidades y posibles limitaciones.
    – Orientar el programa hacia el desarrollo integral de la persona pensando en su salud, calidad de vida, bienestar físico y mental y realización personal.
  • CR2.3: Las prioridades y la secuencia temporal de los objetivos se reflejan en la programación de actividades de la sala de yoga para los diferentes tipos de practicantes de forma específica.
RP3: Determinar la metodología de la instrucción de las actividades de yoga de acuerdo a la programación general de referencia y los objetivos previstos en la misma, de las características de los practicantes y atendiendo a criterios de accesibilidad, para asegurar la concreción, la seguridad y la satisfacción de los mismos.
  • CR3.1: La metodología, el estilo de intervención y motivación se determinan para adecuar las actividades de instrucción en yoga a las necesidades, expectativas de los practicantes y a los objetivos previstos en la programación general de referencia, asegurando la consecución del conocimiento del hatha y raja yoga.
  • CR3.2: Las estrategias de intervención se seleccionan, adecuándolas a las características emocionales, psicofísicas y a las necesidades del grupo de practicantes en las actividades de instrucción en yoga, para asegurar una comprensión eficaz y comunicación activa.
  • CR3.3: Las estrategias metodológicas orientadas a la integración de los practicantes con alguna limitación de su autonomía personal, se prevén y registran, para asegurar la participación y práctica seguras en las actividades de yoga.
  • CR3.4: Las fases de la sesión de instrucción de actividades de yoga, se identifican, como elementos del proceso de aprendizaje, identificando:
    – Calentamiento.
    – Estiramiento-tonificación-relajación.
    – Respiración.
    – Interiorización?meditación.
  • CR3.5: La secuenciación y temporalización de las técnicas de yoga se determina, respetando las características de los practicantes y la secuencia de los objetivos prevista, para asegurar la progresión eficaz en la concreción de las actividades, explicitando:
    – Objetivos.
    – Metodología.
    – Selección y justificación de los asanas, respiraciones, pranayamas, ejercicios de concentración y relajación.
    – Material de apoyo (cojines, mantas, música, incienso, tapiz de yoga, entre otros).
    – Aspectos de riesgo de lesión y contraindicaciones.
    – Control del practicante.
  • CR3.6: Las pruebas y cuestionarios de evaluación biológica y funcional (contacto inicial, observación de la postura, de apariencia, de anomalías y alteraciones, de la biomecánica de la marcha, entre otros) se seleccionan, de acuerdo a la programación general de referencia para la personalización de la instrucción de las actividades de yoga.
  • CR3.7: La organización de cursos y talleres como oferta de actividades se determina y se recoge en la programación de la sala de yoga, de acuerdo a la programación general de referencia, para fomentar la práctica del yoga.
RP4: Gestionar la operatividad de la sala de yoga, de los recursos y materiales para asegurar su uso, idoneidad y seguridad según el protocolo, el plan de prevención de riesgos de la entidad, instalación y/o centro, respetando la normativa vigente y atendiendo a criterios de accesibilidad.
  • CR4.1: Las barreras arquitectónicas y las necesidades de adaptación de la sala de yoga y de sus accesos, se detectan y se comunican al responsable de la entidad, instalación y/o centro, para facilitar la participación y autonomía de los practicantes con algún tipo de dificultad.
  • CR4.2: El inventario del material se determina con la periodicidad de acuerdo a la programación general de referencia y se registra en el modelo de hoja de registro de la entidad, instalación y/o centro, para solventar posibles necesidades y renovaciones.
  • CR4.3: Los formularios u hojas de control de mantenimiento para las comprobaciones rutinarias se incluyen en la programación de la sala de yoga, para su cumplimentación y entrega a la persona responsable, para su control y gestión por la entidad, instalación y/o centro.
  • CR4.4: Las medidas de seguridad respecto al uso de materiales específicos de yoga y la práctica durante las sesiones, se determinan y recogen en la programación de la sala de yoga, para reducir y minimizar el riesgo de lesiones, de acuerdo a los criterios establecidos en la programación general de referencia, el protocolo, plan de prevención de riesgos de la entidad, instalación y/o centro y la normativa vigente.
  • CR4.5: Las normas de uso de la sala de yoga con respecto a la seguridad y prevención de riesgos y con respecto a su limpieza e higiene, se explicitan en la programación de la sala, de acuerdo a los criterios establecidos en la programación general de referencia, guía para la acción preventiva de la entidad, instalación y/o centro y la normativa vigente.
  • CR4.6: El registro de los datos personales de los practicantes y el consentimiento de archivo de los mismos, se realiza en el modelo de hoja de control y formato establecido por la entidad, instalación y/o centro, de acuerdo a la programación general de referencia, y se custodian según el protocolo establecido para asegurar la confidencialidad de los mismos y cumplir con la normativa vigente.
  • CR4.7: El calendario y los horarios de las actividades de yoga y los medios disponibles de la sala, se organizan de acuerdo a las directrices de la entidad, instalación y/o centro y la programación general de referencia, para evitar coincidencias con otras actividades que puedan distorsionar la práctica de las actividades de yoga.
  • CR4.8: Las estrategias de marketing y publicidad como reparto de folletos informativos, elaboración de carteles, envío de correos electrónicos, entre otros, se prevén y se determinan, para asegurar la divulgación de las actividades de yoga de la sala, de acuerdo a la programación general de referencia y los criterios organizativos de la entidad, instalación y/o centro, contemplando la ley de protección de datos y normativa vigente.
RP5: Realizar la evaluación de la programación de la sala de yoga estimando el grado de satisfacción del practicante, la calidad del servicio y la eficacia de la programación, observando las medidas de prevención de riesgos, la normativa vigente y atendiendo a criterios de accesibilidad.
  • CR5.1: Los instrumentos de evaluación se eligen en función de los objetivos de la programación de la sala de yoga y de acuerdo a los criterios de la entidad, instalación y/o centro y a la programación general de referencia, para el análisis de los resultados de la práctica.
  • CR5.2: Los procedimientos de evaluación de la programación de la sala, del proceso y los resultados de aprendizaje, se determinan, temporalizando las medidas correctoras necesarias, para garantizar el logro de los objetivos programados.
  • CR5.3: La evaluación de las actividades de la programación de la sala de yoga se programa y se establece de forma periódica registrándola en el modelo de hoja de control, para obtener una valoración objetivable y reajustar las actividades de instrucción en yoga e inclusión en la memoria.
  • CR5.4: Los datos sobre la evolución de los practicantes se registran en las hojas de control normalizadas para tal fin, para facilitar su utilización posterior en reajustes de la programación de la sala de yoga y la concreción de la práctica.
  • CR5.5: El grado de satisfacción de los practicantes se evalúa aplicando los instrumentos para tal fin y de manera individualizada, siguiendo los criterios de la entidad, instalación y/o centro y de acuerdo a la programación general de referencia, para ajustar la programación de la sala de yoga, aplicar las medidas correctoras y asegurar la fidelización en la práctica.
  • CR5.6: La calidad del servicio y adecuación de la sala, espacios, medios y recursos utilizados, el cumplimiento de los horarios, la optimización del tiempo y la eficacia de los instructores de yoga se registra en las hojas de control según el modelo y formato establecidos por la entidad, instalación y/o centro, para estimar la calidad global y proponer cambios para su mejora.
  • CR5.7: La valoración de los riesgos laborales se estima según los criterios establecidos en la programación general de referencia, guía para la acción preventiva de la entidad, instalación y/o centro y la normativa vigente, identificándolos e informando de los resultados al responsable de la entidad, instalación y/o centro para que sean minimizados dentro de los márgenes tolerables.
  • CR5.8: La información al practicante de su derecho a acceso al archivo de los datos personales, así como lo relativo a la guarda y registro de la práctica y evolución en soportes informáticos, se informa, para cumplir con la normativa vigente.

Contenido

Contexto profesional

Medios de producción

Instalaciones. Equipo informático. Aplicaciones informáticas. Medios y equipos de oficina. Pruebas de capacidad funcional y biológica aportadas por los practicantes. Modelos de registro. Material de apoyo para la práctica del yoga.

Productos y resultados

Análisis diagnóstico del contexto de intervención. Objetivos de la programación de la sala de yoga. Metodología de la instrucción de las actividades de yoga. Gestión de la operatividad de la sala, de los recursos y materiales. Evaluación de la programación de la sala de yoga. Hojas de control de mantenimiento. Hojas de control de evolución. Hojas de control de datos personales.

Información utilizada o generada

Revistas y libros especializados en yoga. Protocolos de actuación en la anticipación de riesgos laborales y en el mantenimiento de instalaciones y elementos de apoyo. Hojas de control y evolución del practicante. Guías para la acción preventiva de la entidad. Normativa de seguridad en prevención de riesgos. Normativa vigente en materia de Igualdad de Oportunidades.

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