La Organización de la Comisión Asesora:
La Comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios es un órgano colegiado de carácter permanente, que depende orgánicamente de la Secretaria General de Energía del Ministerio Industria, Turismo y Comercio.
Una vez definido este organismo, resulta fundamental conocer su funcionamiento tanto desde la perspectiva del instalador como del cliente que se vea relacionado con el RITE en alguno de sus aspectos.

El pleno:
La organización de la comisión asesora es compleja.
Así, la Comisión Asesora funcionará en Pleno, en Comisión Permanente y en Grupos de Trabajo. Por un lado, la Comisión conocerá, en Pleno, aquellos asuntos que estime el Presidente que deban serlo en razón de su importancia. Además, corresponde al Pleno la aprobación del Reglamento de régimen interior. El Pleno se reunirá como mínimo una vez al año, por convocatoria de su Presidente, o por petición de, como mínimo, una cuarta parte de sus miembros.
La Comisión Permanente:
La Comisión Permanente, además de reunirse una vez al semestre, ejercerá las competencias que el Pleno le delegue, ejecutará sus acuerdos y coordinará los grupos de trabajo específicos. Esta comisión se compondrá por el Presidente, los dos Vicepresidentes y el Secretario.
Sin embargo, además de los anteriores, y previa convocatoria del Presidente, asistirán a sus reuniones los vocales representantes del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. También asistirán los del Ministerio de Vivienda, los del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía y cuatro representantes de las Comunidades Autónomas elegidos en el pleno. Por último, hay que tener en cuenta que también participarán los directamente afectados por la naturaleza de los asuntos a tratar.
Los Grupos de Trabajo:
Por último, la organización de la comisión asesora se fundamenta sobre los Grupos de Trabajo. Estos se constituirán para analizar aquellos asuntos específicos que el Pleno les delegue, relacionados con las funciones de la Comisión Asesora.
Por su parte, pueden participar -además de los miembros de la Comisión Asesora- representantes de la Administración, de los sectores interesados, y también expertos en la materia.
Otras cuestiones relevantes:
El funcionamiento de la Comisión Asesora se alcanzará con los medios de personal y de material de la Secretaría General de Energía. Se utilizarán las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos que faciliten el desarrollo de su actividad, en virtud de la Ley 30/1992.
La Comisión será la encargada de aprobar su reglamento interno. En lo no previsto en dicho reglamento, se aplicará la Ley 30/1992 – https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-26318 – de forma subsidiaria.
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