El artículo 39 del RITE

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El artículo 39 del RITE:

El artículo 39 del RITE – https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-15820 – tiene una gran importancia y debe ser conocido tanto por instaladores como por clientes.

Validez del certificado:

Este precepto versa sobre la validez del certificado de registro de empresa instaladora o mantenedora autorizada. Así, según lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, este certificado tendrá validez en toda España.

Las notificaciones a la correspondiente Comunidad Autónoma:

Por otra parte, cuando una empresa instaladora o mantenedora autorizada precise ejercer su actividad en una Comunidad Autónoma distinta de aquella en la que está inscrita, será preceptiva la notificación previa ante la Comunidad Autónoma en cuya demarcación vaya a realizar sus actividades.

Sin embargo, en estos casos, se hará necesario presentar el certificado de registro de la Comunidad Autónoma en donde formalizó su inscripción y un certificado emitido por la misma Comunidad Autónoma que confirme que la empresa no se encuentra sujeta a ningún procedimiento sancionador que la inhabilite para el ejercicio profesional.

Las condiciones de validez:

Además, el artículo 39 del RITE establece que el certificado de registro de empresa instaladora o mantenedora tendrá validez por un período de cinco años, pero solo en los casos en los que se mantengan las condiciones que permitieron su concesión, debiendo ser renovado, a solicitud del interesado, antes de la finalización de dicho plazo.

Variaciones:

Eso sí, en casos en los que se produzca cualquier variación en las condiciones y requisitos establecidos para la concesión del certificado, esta deberá ser comunicada al órgano competente de la Comunidad Autónoma, en el plazo de un mes, si no afecta a la validez del mismo.

Sin embargo, si esta variación supusiera dejar de cumplir los requisitos necesarios para la concesión del certificado, la comunicación debe ser realizada en el plazo de 15 días inmediatos posteriores a producirse la incidencia. De este modo, el órgano competente de la Comunidad Autónoma podrá determinar la cancelación del mismo o la suspensión o prórroga condicionada de la actividad, en tanto se restablezcan los referidos requisitos.

Obligatoriedad de la comunicación:

Por último, este artículo hace referencia a la obligación de comunicar al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, y en el plazo de un mes, las altas y bajas de los trabajadores con carné profesional, que recae sobre las empresas instaladoras y mantenedoras autorizadas.

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