UC0365_2 – Asistir en la dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, bajo la supervisión del facultativo

farmacia

Categorías

Denominación

Asistir en la dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, bajo la supervisión del facultativo

Código

UC0365_2.

Descripción

Unidad de competencia UC0365_2 – Asistir en la dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos, informando a los usuarios sobre su utilización, bajo la supervisión del facultativo.

¿Qué voy a aprender a hacer?

RP 1: Asistir al farmacéutico en la dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos, para informar a los usuarios de sus características, cumpliendo la normativa aplicable.
  • CR 1.1 La receta se solicita al usuario, en caso requerido, para la dispensación del producto sanitario o parafarmacéutico, según normativa aplicable.
  • CR 1.2 La receta extendida por un prescriptor autorizado, se verifica, comprobando su lectura e interpretación, su correspondencia con el producto prescrito, el cumplimiento de los requisitos para su validez, según la normativa aplicable y consultando al farmacéutico en caso de dificultad.
  • CR 1.3 El producto dispensado se verifica, comprobando su coincidencia en composición, presentación y características con la prescripción de la receta y que no se encuentra caducado.
  • CR 1.4 La sustitución en caso de no disponer del producto solicitado, se efectúa, consultando al farmacéutico, cumpliendo la normativa aplicable.
  • CR 1.5 El cupón-precinto del producto, en su caso, se corta, adjuntándose a la a receta o al soporte indicado, según la normativa aplicable.
  • CR 1.6 Los símbolos, siglas y leyendas del material de acondicionamiento secundario se interpretan, estableciendo las condiciones especiales de la dispensación del producto.
  • CR 1.7 El cobro y el control de caja en la dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos se efectúan, considerando las aportaciones del Sistema Nacional de Salud y de otras entidades aseguradoras, cumpliendo la normativa aplicable.
  • CR 1.8 Los sistemas automatizados de dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos se utilizan según indicaciones del facultativo e instrucciones técnicas.
  • CR 1.9 Los registros de los productos cuyas condiciones de dispensación así lo requieran se efectúan, según normativa aplicable.
  • CR 1.10 El registro y comunicación de los incidentes adversos, relativos a la utilización de productos de salud, se efectúan, asistiendo al farmacéutico y colaborando con el sistema de vigilancia específico.
RP 2: Informar al usuario sobre productos sanitarios y parafarmacéuticos, para promocionar su consumo responsable, bajo la supervisión del farmacéutico, según estándares éticos, cumpliendo la normativa aplicable.
  • CR 2.1 La información sobre el producto sanitario o parafarmacéutico a dispensar (características, precio, pautas de utilización, conservación, caducidad, forma de administración, preparación, precauciones, entre otras), se proporciona al usuario, bajo supervisión facultativa, cumpliendo la normativa aplicable.
  • CR 2.2 La información al usuario, en relación con los peligros de la automedicación y abuso de productos sanitarios o parafarmacéuticos se transmite, recomendando el uso racional de los mismos.
  • CR 2.3 La dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos, cuyo plazo de caducidad sea breve, o próximo a cumplirse en el momento de la expedición, se advierte al usuario, cumpliendo la normativa aplicable.
  • CR 2.4 Los productos sanitarios y parafarmacéuticos que requieran condiciones especiales de conservación (termolábiles, fotosensibles, entre otros), se dispensan, advirtiendo a los usuarios de la necesidad de asegurar las condiciones para mantener íntegras las propiedades de estos productos.
  • CR 2.5 El asesoramiento sobre el cumplimiento del tratamiento, se proporciona al usuario, prestándole un trato cordial y humano, bajo la supervisión del farmacéutico, cumpliendo la normativa aplicable sobre protección de datos.
  • CR 2.6 El asesoramiento sobre los diferentes tipos de productos, se proporciona al usuario, para ayudarle a decidir el más conveniente, según estándares éticos, consiguiendo mejorar la calidad de vida del paciente.
  • CR 2.7 Los indicios de patología se detectan, atendiendo a signos y síntomas específicos, derivando al paciente al farmacéutico para que acuda a consulta de su médico, en caso requerido.
RP 3: Colaborar en el seguimiento del tratamiento del usuario, para prevenir riesgos asociados y reacciones adversas a los productos sanitarios y parafarmacéuticos, según estándares éticos, bajo supervisión farmacéutica, y cumpliendo la normativa aplicable sobre protección de datos.
  • CR 3.1 Los datos referentes al tratamiento del usuario, se registran, en caso requerido, bajo supervisión farmacéutica, para asegurar el cumplimiento del tratamiento habitual.
  • CR 3.2 Los registros, se efectúan, según indicaciones del farmacéutico responsable, para prevenir interacciones farmacológicas y/o alimentarias y evitar incumplimientos terapéuticos.
  • CR 3.3 Los posibles incidentes adversos se someten, según consideración del farmacéutico, a seguimiento, realizando los registros requeridos.
  • CR 3.4 Las situaciones de riesgo derivadas de características especiales del usuario sometido a tratamiento (embarazo, lactancia, patología crónica, ancianidad, entre otras), se detectan, realizando los registros requeridos garantizando la confidencialidad de los datos, cumpliendo la normativa aplicable.
RP 4: Asesorar al usuario sobre otros productos sanitarios que pueden dispensarse (óptica oftálmica, acústica audiométrica, ortopedia), para prevenir riesgos asociados al tratamiento, conforme a estándares éticos, bajo supervisión farmacéutica y cumpliendo la normativa aplicable.
  • CR 4.1 El asesoramiento al usuario sobre otros productos sanitarios que pueden dispensarse (óptica oftálmica, acústica audiométrica y ortopedia) se efectúa, según información disponible e indicaciones del farmacéutico.
  • CR 4.2 La información sobre el buen uso de otros productos sanitarios se proporciona a los usuarios, bajo supervisión farmacéutica, previniendo riesgos asociados a su utilización, con el propósito de conseguir resultados definidos que mejoren la calidad de vida del paciente.
  • CR 4.3 Los indicios de patología se detectan en el paciente, atendiendo a signos y síntomas específicos, derivándole al farmacéutico para que proceda, en su caso, a recomendar consulta médica.
  • CR 4.4 El plazo de caducidad de producto, que sea breve, o próximo a cumplirse en el momento de la expedición, se advierte al usuario, según normativa aplicable.
  • CR 4.5 Los productos sanitarios dispensados, ópticos, oftálmicos, acústicos, audiométricos, ortopédicos, entre otros, que requieran condiciones especiales de conservación (termolábiles, fotosensibles, entre otros) se dispensan, advirtiendo a los usuarios de la necesidad de asegurar las condiciones para mantener íntegras las propiedades de los productos.

Contexto profesional

Medios de producción:

Productos sanitarios. Productos parafarmacéuticos: dermocosméticos, dietéticos y biocidas. Productos de óptica oftálmica, acústica audiométrica y ortopedia. Sistemas informáticos de gestión. Programa informático de base de datos del medicamento y parafarmacia del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF).

Productos y resultados:

Productos sanitarios, dispensados. Usuario asesorado sobre productos sanitarios y parafarmacéuticos. Seguimiento del tratamiento del usuario realizado. Usuario asesorado sobre otros productos sanitarios (óptica oftálmica, acústica audiométrica y ortopedia).

Información utilizada o generada:

Protocolos de trabajo sobre dispensación de productos sanitarios y parafarmacéuticos. Manuales de técnicas de información y comunicación. Bibliografía especializada de consulta. Catálogo de Productos de Salud del Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF). Fichas y prospectos de productos parafarmacéuticos y sanitarios. Recetas. Comunicaciones remitidas por la organización farmacéutica colegial sobre alertas farmacéuticas (retiradas, inmovilizaciones, suspensiones). Información proporcionada por cursos de formación continuada. Normativa aplicable referente a: sistema sanitario, ordenación de las profesiones sanitarias, garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, regulación de servicios de las oficinas de farmacia, regulación de los productos sanitarios, protección de datos de carácter personal, entre otras.

Más información

Para acceder a más información haz click aquí.

¿DUDAS?

TE LLAMAMOS Y TE LO EXPLICAMOS TODO

    Echale un vistazo a nuestros cursos

    CATÁLOGO

    • Caratula del libro La Normativa en el Mantenimiento Industrial: Aparatos de Gas

      APARATOS A GAS. LA NORMATIVA EN EL MANTENIMIENTO INDUSTRIAL.: Tests y Ejercicios. (Español) Tapa blanda – 20 Enero 2023

      Valorado con 0 de 5
      20,90 
      Ir a ver el producto
    • LA NORMATIVA EN EL MANTENIMIENTO INDUSTRIAL: CALDERAS INDUSTRIALES. Volumen I

      Valorado con 0 de 5
      25,00 
      Ir a ver el producto
    • LA NORMATIVA EN EL MANTENIMIENTO INDUSTRIAL: CALDERAS INDUSTRIALES. Volumen II

      Valorado con 0 de 5
      35,00 
      Ir a ver el producto
    • ¡Oferta! CUBIERTAS INSTALACIÓN GAS VOL.1

      LA NORMATIVA EN EL MANTENIMIENTO INDUSTRIAL: INSTALACIONES DE GAS. VOLUMEN I: Tests y Ejercicios. (Español) Tapa blanda – 2 Enero 2023

      Valorado con 0 de 5
      El precio original era: 25,99 €.El precio actual es: 23,00 €.
      Ir a ver el producto

    En la caja superior se muestra algo de material de apoyo, visita nuestra tienda para ver nuestro catálogo completo..